Resolucion núm. 483, el 03 de Enero de 2008. RESOLUCIÓN Nº 483, DE FECHA 24 DE DICIEMBRE DE 2007, LLAMADO EXTRAORDINARIO A POSTULACIÓN SISTEMA DE ATENCIÓN HABITACIONAL PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470305718

Resolucion núm. 483, el 03 de Enero de 2008. RESOLUCIÓN Nº 483, DE FECHA 24 DE DICIEMBRE DE 2007, LLAMADO EXTRAORDINARIO A POSTULACIÓN SISTEMA DE ATENCIÓN HABITACIONAL PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN Nº 483, DE FECHA 24 DE DICIEMBRE DE 2007, LLAMADO EXTRAORDINARIO A POSTULACIÓN SISTEMA DE ATENCIÓN HABITACIONAL PARA SITUACIONES DE EMERGENCIA

  1. - Llámese a inscripción en el Serviu Región de Aysén

    para la asignación de subsidios, a los

    damnificados por la catástrofe derivada del sismo

    que afectó a la Comuna de Aysén el día 21 de abril

    de 2007, que cumplan con los requisitos y

    exigencias que a continuación se indican:

    a.- Podrán inscribirse para la asignación de estos subsidios todos los damnificados en la Comuna de Aysén que sean propietarios u ocupantes, a cualquier título, de inmuebles destinados a la habitación, cuyo avalúo fiscal no supere los valores de adquisición de viviendas objeto de subsidio habitacional, que hayan sufrido daños irreparables que justifiquen su demolición o daños de consideración que permitan su reparación; que no fueren propietarios de otra vivienda y que estuvieren identificados en los informes confeccionados por la Municipalidad de Aysén o por el Serviu Región de Aysén.

    b.- Los documentos requeridos para la inscripción serán los siguientes:

    i. Solicitud de Asignación de Subsidio Extraordinario Catástrofe 2007, cuyo formulario con las condiciones y datos necesarios, se encuentra disponible en la Delegación Serviu Provincial Aysén;

    ii. Informe elaborado por SERVIU Región de Aysén que acredite que el inmueble que habita el damnificado, a raíz de la catástrofe requiere reparación o reposición.

  2. - Los subsidios de reposición serán asignados por esta Seremi mediante resolución previa verificación y aprobación por parte de Serviu Región de Aysén de las condiciones estructurales de la vivienda. En los casos en que el damnificado sea simple ocupante del inmueble, la asignación se efectuará previa evaluación técnica y social por parte del Serviu Región de...

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