Llama a concurso público para proveer cargo de Jefe de Departamento - 2 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 950955395

Llama a concurso público para proveer cargo de Jefe de Departamento

Número de registroCVE-2393416
Fecha de publicación02 Noviembre 2023
SecciónAvisos Destacados
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Número de Gaceta43.690
CVE 2393416 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública IV
SECCIÓN
LICITACIONES, CONCURSOS, CITACIONES Y EXTRAVÍO DE DOCUMENTOS
Núm. 43.690 | Jueves 2 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 3
Avisos
CVE 2393416
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y FAMILIA
Subsecretaría de Evaluación Social
CONCURSO PÚBLICO PARA
PROVISIÓN DE CARGO DE JEFE DE DEPARTAMENTO
Este proceso concursal de Tercer Nivel Jerárquico se ajusta a la normativa
establecida en el DFL N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la ley 18.834, sobre Estatuto Administrativo y
en el decreto N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba Reglamento de
CARGO A CONCURSAR:
OBJETIVO DEL CARGO: El cargo tiene como objetivo principal elaborar y actualizar
los criterios y metodologías que se apliquen a la formulación y evaluación
socioeconómica de las iniciativas de inversión.
REQUISITOS GENERALES: Los(as) postulantes deberán cumplir con los requisitos
generales establecidos en el artículo 12 del Estatuto Administrativo, el cual señala que
para ingresar a la Administración del Estado será necesario:
a. Ser ciudadano;
b. Haber cumplido con la Ley de Reclutamiento y Movilización, cuando fuere
procedente;
c. Tener salud compatible con el desempeño del cargo;
d. Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional o
técnico que por la naturaleza del empleo exija la ley;
e. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una
calificación deficiente o por medida disciplinaria, salvo que hayan transcurrido más de
cinco años desde la fecha de expiración de funciones, y
f. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse
condenado por crimen o simple delito.

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