LIRMI CHILE SpA 76.271.265-2 - 19 de Julio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 939250798

LIRMI CHILE SpA 76.271.265-2

Número de registroCVE-2345761
Fecha de publicación19 Julio 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.605
CVE 2345761 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.605 | Miércoles 19 de Julio de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2345761
EXTRACTO
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público Titular de la 36°
Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción 65, piso 2°, comuna de Providencia, certifico:
Que por escritura pública de fecha 04 de julio de 2023, Repertorio N° 22.151-2023, ante mí, se
redujo acta de fecha 23 de junio de 2023 de la Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad
“LIRMI CHILE SpA”, RUT N° 76.271.265-2 inscrita a fojas 673v número 540 en el Registro de
Comercio de Temuco correspondiente al año 2013, los accionistas acordaron, entre otras
materias, modificar el Artículo Quinto y Artículo Primero Transitorio de los estatutos sociales
por los siguientes: “ARTÍCULO QUINTO: Capital. El capital de la Sociedad asciende a la suma
de $33.671.085.-, dividido en 10.000.000 de acciones, de las cuales (i) 9.300.000 correspondería
a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (ii) 700.000
corresponderían a Acciones Serie Lirmi, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal, el
que se ha pagado y pagará en la forma que se indica en el Artículo Primero Transitorio de estos
estatutos. Tanto el capital inicial como los eventuales aumentos de capital podrán pagarse en
dinero efectivo, con otros bienes, con créditos o con aportes en trabajo. La valoración de éstos se
acordará en forma unánime por las acciones suscritas y pagadas de la Sociedad, y en el caso de
los aumentos de capital, de la manera en que se acuerde con ocasión en cada aumento. En el caso
de aumentos de capital mediante la emisión de acciones de pago, será necesario hacer oferta
preferente de dichas acciones a los accionistas titulares de acciones ordinarias, a prorrata de su
participación accionaria. Las Acciones Ordinarias deberán ser suscritas y pagadas dentro de un
plazo de 12 meses, o aquel distinto aprobado por los accionistas reunidos en junta extraordinaria;
mientras que el plazo de suscripción y pago de las Acciones Serie Lirmi será de 5 años desde la
fecha de creación de este tipo de acciones. Asimismo, estará expresamente permitido aumentar el
capital de la Sociedad mediante la emisión de una sola serie de las acciones en el que se divide el
capital social, no requiriendo emitir en otras series la parte proporcional de dicho aumento. En el
caso que las acciones pendientes de suscripción y pago no sean suscritas y pagadas en los plazos
que se indican y tan pronto como dichos plazos concluyan sin haberse cumplido tal condición, se
reducirá el capital de pleno derecho, y las nuevas acciones emitidas pendientes de suscripción y
pago serán eliminadas por la Sociedad. La sociedad no reconoce ni admite fracciones de
acciones. En caso de que una o más acciones pertenezcan en común a dos o más personas, sus
dueños deberán designar un apoderado común para que actúe por ella ante la sociedad. Las
Acciones podrán ser emitidas sin la necesidad de imprimir láminas físicas de dichos títulos. Las
Acciones cuyo valor no se encuentre totalmente pagado, gozarán de iguales derechos que
aquellas íntegramente pagadas, salvo en lo que diga relación a los beneficios sociales, reparto de
dividendos o devoluciones de capital, casos en que concurrirán en proporción a la parte
pagada”.- “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: Suscripción y pago. El capital social
asciende a la suma $33.671.085.- dividido en 10.000.000 de acciones, de las cuales (i) 9.300.000
corresponden a Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin valor nominal; y (ii)
700.000 corresponderían a Acciones Serie Lirmi, nominativas, de la misma serie y sin valor
nominal, el que ha sido y será suscrito y pagado de la siguiente forma: a. Con la suma de
$32.971.085.- dividido en 9.300.000 Acciones Ordinarias, nominativas, de la misma serie y sin
valor nominal, todas ellas íntegramente suscritas y pagadas con anterioridad a esta fecha; y b.
Con la suma de $700.000.-, dividido en 700.000 Acciones Serie Lirmi, nominativas, de la misma
serie y sin valor nominal, todas ellas íntegramente pendientes de suscripción y pago, el que en
todo caso deberá verificarse con anterioridad al día 23 de junio de 2028.”- Demás estipulaciones
escritura extractada. Santiago, 4 de julio de 2023.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR