Linea 7.- Rentas de capitales mobiliarios (art. 20 N° 2), retiros de ELD (art. 42 ter y quáter) y ganancias de capital (art. 17 Nº 8), etc - Núm. 9, Marzo 2014 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 704288949

Linea 7.- Rentas de capitales mobiliarios (art. 20 N° 2), retiros de ELD (art. 42 ter y quáter) y ganancias de capital (art. 17 Nº 8), etc

Páginas101-115
101
Declaraciones Anuales de Impuesto
a La Renta Año Tributario 2014
Línea: TOTAL REMUNERACIONES DIRECTORES S.A. RENTA ACTUALIZADA
(CODIGO 479): Anote el monto actualizado de las asignaciones y participaciones
pagadas por las S.A., correspondiendo dicho valor al total registrado en la Columna
(8) del Certicado emitido por la respectiva sociedad. Si se han recibido más de
un Certicado por las rentas que se comentan, deberán sumarse los totales de la
columna antes indicada de cada documento, y el resultado obtenido trasladarse a la
columna “Renta Actualizada” Código (479). El valor registrado en esta Línea (Código
479) no puede ser compensado con las cantidades anotadas en los Códigos (770),
(872), (465), (494) y (850) de dicho Recuadro N° 1.
Línea: TOTAL REMUNERACIONES DIRECTORES S.A. IMPTO. RETENIDO
ACTUALIZADO (CODIGO 491): Registre el monto del impuesto retenido sobre las
asignaciones o participaciones pagadas por las S.A., correspondiendo dicho valor al
total registrado en la Columna (10) del Certicado emitido por la respectiva sociedad.
Si se han recibido más de un certicado los totales de la columna antes indicada de
cada documento, deberán sumarse y el resultado obtenido también deberá trasladarse
a la columna “Impuesto Retenido Actualizado” (Código (491).
Línea: TOTAL RENTAS Y RETENCIONES (CODIGOS 618 Y 619): Sume los valores
registrados en las líneas anteriores de dicho Recuadro Nº 1, con las demás cantidades
registradas en las otras líneas del referido recuadro de acuerdo a su concepto,
cuando éstas sean positivas, y además de anotar el resultado obtenido en esta línea
“TOTAL RENTAS Y RETENCIONES”, trasládelo, respectivamente, a las LÍNEAS 6
Y 56 (Código 198) del Formulario Nº 22, tal como se indica en dicho Recuadro. Si
no existen rentas registradas en los Códigos (467) y/o (617), los valores anotados
en los Códigos (479) y (491) se trasladan a los Códigos (618) y (619), y luego, se
trasladan respectivamente a las LÍNEAS 6 Y 56 (Código 198) del Formulario Nº 22.
Los Directores o Consejeros de S.A. no tienen derecho a anotar ninguna cantidad
en los Códigos (770), (872), (465), (494) y (850), ya que los valores que deben
anotarse en dichos Códigos sólo favorecen a los contribuyentes clasicados en el
N° 2 del artículo 42 de la LIR y los Directores o Consejeros de S.A. se clasican en
el artículo 48 de la LIR.
Si el contribuyente declarante, respecto de una o más sociedades anónimas no
recibió los Certicados pertinentes, para proporcionar la información requerida en
dicho Recuadro Nº 1, deberá proporcionarla de acuerdo a las Boletas de Honorarios
emitidas, manuales o electrónicas, teniendo presente, en estos casos, que los
honorarios y el correspondiente impuesto retenido sobre ellos, debe registrarse en
forma anual y debidamente reajustados.
LINEA 7.- RENTAS DE CAPITALES MOBILIARIOS (ART. 20 N° 2), RETIROS DE
ELD (ART. 42 TER Y QUÁTER) Y GANANCIAS DE CAPITAL (ART. 17 Nº 8), ETC.
Esta línea debe ser utilizada por los contribuyentes no obligados a declarar en
la Primera Categoría mediante contabilidad, para la declaración de las rentas
esporádicas obtenidas durante el año 2013, consistentes entre otras, en rentas e
ingresos provenientes del artículo 20 N° 2 de la LIR (capitales mobiliarios), del artículo
42 ter y 42 quáter (excedentes de libre disposición) y del Art. 17, Nº 8, (ganancias
de capital).

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR