Linea 62: Créditos puestos a disposición de los socios por la sociedad y por sistemas solares - Núm. 45, Marzo 2017 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 703705017

Linea 62: Créditos puestos a disposición de los socios por la sociedad y por sistemas solares

Páginas488-489
488
Manual EjEcutivo tributario
monto del citado remanente en es ta LÍNEA 61 (Código 116), y además, en el Código (757)
para su imputación a los impu estos anuales a la renta que esté declarando el contrib uyente
o su devolución respectiva a tr avés de las LÍNEA 68 del For mulario N° 22.
(2) Los contribuyentes afectos a l Impuesto Adicional de la Ley de la Renta, an otarán
en la columna “Rebajas al Imp uesto” de la LÍNEA 49 (Códig o 76), el monto del crédito por
concepto de Impuesto de Pri mera Categoría, con la tasa a q ue tengan derecho, confor me
con los requisitos estab lecidos para dicha reba ja en la mencionada Línea. El exceso de
crédito, en el caso de estos co ntribuyentes, no dará derecho a su devolución.
C.- CANTIDAD A REGISTR AR EN EL CÓDIGO (757) DE ESTA LÍNEA 61
Si el contribuyente en el pres ente Año Tributario 2017, tiene derecho a un sólo tipo de
crédito, cualquiera de ellos , su valor deberá registrar lo, además, en la última columna de la
LÍNEA 61 (Código 757) para su imputación a los Impuestos A nuales a la Renta o solicit ar
la devolución respectiva de lo s eventuales remanentes que se produzc an. Ahora bien, si el
contribuyente durante el cit ado Año Tributario tienen derec ho a ambos tipos de créditos,
junto con registrarlo s en los Códigos pertinentes de la LÍN EA 61, deberá sumar sus montos,
y el resultado anotarlo en e l Código (757) de la citada línea, para los mismos nes antes
indicados.
LINEA 62.-
CRÉDITOS PUESTOS A DISPOSICIÓN DE LOS SOCIOS POR LA
SOCIEDAD, CON TOPE DEL TOTAL O SALDO DEL IMPUESTO
ADEUDADO Y CRÉDITO POR SISTEMAS SOLARES TÉRMICOS (LEY
N° 20.365).
A.- CRÉDITOS PUESTOS A DISPOSICI ÓN DE LOS SOCIOS POR L A SOCIEDAD,
CON TOPE DEL TOTAL O SALDO DEL IMPUESTO ADEU DADO. (CODIGO 58)
Los socios o comunero s, personas naturales con domicilio o resid encia en Chile o personas
naturales o jurídicas sin domic ilio ni residencia en el país, de soci edades de personas,
sociedades de hecho, soc iedades de profesional es o comunidades estable cidas en Chile,
deberán anotar en esta línea, el m onto de los PPM, retenciones y dem ás créditos que
correspondan (incluyendo e n el c aso de la s sociedades de profesionales clasicadas en
la Segunda Categoría, las retencio nes del artículo 74 Nº 2 de la Ley de la Renta, que se
le practicaron a dich o tipo de sociedades dura nte el año 2016), que dichas sociedades o
comunidades le han puesto a su disp osición, según detalle efectuado en la De claración Jurada
Formulario N° 1837 que debe present arse al SII, los cuales sólo podrán ser ut ilizados hasta la
concurrencia de lo s impuestos que se adeuden según la propia dec laración del contribuyente
declarante, y en ningún caso dic hos excedentes de PPM, retencione s o demás créditos,
según corresponda, p odrán formar parte del “Monto” del Créd ito a Devolver de la LÍNEA 68,
respecto del socio o comunero declarante.
Dichos pagos provisionales las personas antes indicadas deberán acreditarlos mediante el
Modelo de Certi cado Nº 18.
B.- CR ÉDITO POR SISTEMAS SOLA RES TÉRMICOS (LEY N° 20.3 65/2009) (CÓDIGO
870)
En el Código (870) de esta Línea las empresas const ructoras deben anotar el remanente del
crédito por sistemas solare s térmicos establec ido por la Ley N° 20.365/2009 que les quedó
pendiente de imputación al tér mino del ejercicio, el c ual debidamente actualizad o a dicha

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR