Linea 2.- Dividendos distribuidos por S.A., C.P.A. y SpA (arts. 14, 14 bis Ó 14 quater) - Núm. 21, Marzo 2015 - Manual ejecutivo tributario - Libros y Revistas - VLEX 704692209

Linea 2.- Dividendos distribuidos por S.A., C.P.A. y SpA (arts. 14, 14 bis Ó 14 quater)

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Manual EjEcutivo tributario
trasladará a la LÍNEA 10 (Código 159) como incremento, y luego, a las LÍNEAS 27
o 33, de acuerdo a si dicho crédito da derecho o no a devolución al contribuyente.
Además de lo anterior, las citadas rentas se declararán debidamente actualizadas
en la Variación del Índice de Precios al Consumidor existente entre el último día del
mes anterior al del término de giro y el último día del mes de noviembre del año 2014;
conforme a lo establecido por el inciso nal del artículo 54 de la Ley de la Renta.
Las rentas retiradas por las citadas personas naturales con anterioridad a la fecha
del término de giro, se declararán en esta línea de conformidad con las normas
impartidas en las Letras A) y B) precedentes.
(Mayores instrucciones en Circular del S.I.I. Nº 46, de 1990).
LINEA 2.- DIVIDENDOS DISTRIBUIDOS POR S.A., C.P.A. Y SpA (ARTS. 14,
14 BIS ó 14 QUATER).
DD.JJ. ASOCIADA A LA LINEA 2: FORM. 1884:
Esta DD.JJ. debe ser presentada por las Sociedades Anónimas Abiertas o Cerradas,
en Comandita por Acciones y Sociedades por Acciones, ya sea, acogidas a los
regímenes de tributación de los Artículos 14 letra A) ó 14 bis de la Ley de la Renta,
informando la situación tributaria de los dividendos pagados a sus accionistas
durante el año inmediatamente anterior y de los créditos a que dan derecho dichas
rentas, en conformidad a las instrucciones vigentes sobre la materia. Si las citadas
sociedades durante el año comercial respectivo no han distribuido dividendos, de
todas maneras deben presentar la referida Declaración Jurada, proporcionando el
resto de la información que se solicita en el mencionado documento, como es la
cantidad de acciones al 31 de diciembre.
CERTIFICADO ASOCIADO: Modelo Certicado N° 3: Certica la situación tributaria
de la distribución de los dividendos a declarar en esta LINEA 2.
DD.JJ. ASOCIADA A LA LINEA 2: FORM. 1884:
Esta DD.JJ. debe ser presentada por los Bancos, Corredores de Bolsa y demás
personas, informando la situación tributaria de los dividendos percibidos en el año
inmediatamente anterior correspondientes a acciones nominativas en custodia que,
sin ser de su propiedad, guren a su nombre, y de los créditos a que dan derecho las
referidas rentas, en el caso de inversiones no acogidas a los regímenes tributarios
especiales de incentivo al ahorro a que se reere el artículo 42 bis y 57 bis de la
Ley de la Renta, en conformidad a las instrucciones vigentes sobre la materia. Si
las citadas personas o instituciones durante el ejercicio comercial respectivo no
han percibido dividendos de Sociedades Anónimas, Sociedades en Comandita
por Acciones y Sociedades por Acciones de todas maneras deben presentar la
mencionada Declaración Jurada, proporcionando el resto de la información que
se solicita en el referido documento, como son: la cantidad de acciones al 31 de
diciembre y el número de certicado correspondiente.

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