Limitar la cláusula de aceleración: la medida que impactaría en el acceso a créditos - 16 de Octubre de 2023 - El Mercurio - Noticias - VLEX 947599575

Limitar la cláusula de aceleración: la medida que impactaría en el acceso a créditos

En el proyecto de ley de reforma al Sernac existe una propuesta que, al fragor del debate sobre el texto central de aquel articulado, ha pasado casi inadvertida: la modificación de las llamadas "cláusulas de aceleración".Entre distintos especialistas, sin embargo, ya tomaron nota de esos posibles cambios. La iniciativa se discute en la Cámara de Diputados.En lo medular, las cláusulas de aceleración son mecanismos usados en los contratos en donde se otorga un crédito, que permiten adelantar el vencimiento del total de la deuda si existe un impago o insolvencia por parte del cliente.Edmundo Varas, director de KPMG Law en Chile, opina que el proyecto de ley establece "cierta limitación" a las cláusulas de aceleración inmediata. Otros expertos advierten que la idea podría terminar siendo contraproducente: en vez de proteger a los consumidores, podría terminar generando condiciones más exigentes para acceder a crédito, o tasas de interés más altas.ModificaciónEn detalle, la iniciativa que ingresó en septiembre al Congreso incorpora nuevas cláusulas que se consideran abusivas a la Ley del Consumidor. Una de ellas es que la institución que otorga el crédito no podrá acelerar el pago de la deuda cuando el número de pagos con retardo represente más del 20% del capital por pagar de la operación de crédito, explica Isidora Fernández, asociada sénior del área de Solución de Controversias de Barros & Errázuriz.Además, tampoco se podrá exigir el pago del crédito en forma anticipada si esto es por una causal que no se vincula directamente con el producto o servicio contratado. Estas restricciones se suman a las que ya establece la ley en esta materia.Lucas del Villar, exdirector del Sernac y socio de Aninat Abogados, menciona que desde 2013, en el caso de los créditos menores de 200 UF y los préstamos hipotecarios menores a 2.000 UF, solo se puede acelerar el crédito si han pasado más de 60 días desde que el deudor está en mora.Argumenta que la razón por la que se estableció esta limitante es porque permitía tener un "impacto regulatorio acotado".Desde el Sernac comentaron que "esta medida busca evitar que las empresas apliquen la aceleración por el incumplimiento de obligaciones accesorias, secundarias o incumplimientos parciales de menor relevancia". Respecto a un posible impacto, indicaron que "la medida solo hace explícita la abusividad de cláusulas que hoy en día ya son consideradas abusivas por el Sernac, confirmadas por los tribunales de justicia y...

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