Limita a 69 años la edad para conducir vehículos de transporte de pasajeros, de carga y de trabajo pesado. - Proyectos de Ley - Iniciativas legislativas - VLEX 914516541

Limita a 69 años la edad para conducir vehículos de transporte de pasajeros, de carga y de trabajo pesado.

Fecha04 Enero 2012
Número de Iniciativa8131-15
Fecha de registro04 Enero 2012
EtapaPrimer trámite constitucional (C.Diputados) Primer informe de comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones
MateriaVEHÍCULOS DE TRANSPORTE
Autor de la iniciativaBobadilla Muñoz, Sergio, Espinoza Sandoval, Fidel, Hasbún Selume, Gustavo, Hernández Hernández, Javier, Nogueira Fernández, Claudia, Sepúlveda Orbenes, Alejandra, Vallespín López, Patricio, Von Mühlenbrock Zamora, Gastón, Zalaquett Said, Mónica
Tipo de proyectoProyecto de ley
Cámara Legislativa de OrigenCámara de Diputados,Moción


Limita a 69 años la edad para conducir vehículos de transporte de
pasajeros, de carga y de trabajo pesado
Boletín
8131-15



La seguridad en las autopistas, carreteras y caminos ha ido erigiéndose día a día como uno de los principios a través del cual toda la institucionalidad legal referida al tránsito se ha ido formando. El número creciente de accidentes, ha intensificado de sobremanera la necesidad clara y manifiesta de centrar las normas referidas al tránsito en la seguridad, con la finalidad de minimizar la tasa de muertes y lesionados a consecuencia de nefastos sucesos ocurridos en nuestro país.

Uno de los elementos que indudablemente atenta contra la seguridad, lo constituye la escasa cultura de la conducción responsable, razón por la cual más allá de las medidas de prevención y seguridad que se puedan implementar en los vehículos motorizados, son en definitiva los propios automovilistas los causantes principales de los accidentes de tránsito en los que son protagonistas éstos y terceros, como asimismo la propiedad pública y privada.

En efecto, pensamos que en nuestro país, la legislación debe estar revestida de normas que apunten a formar una conciencia o una cultura del tránsito, no sólo de automovilistas, sino que además a nivel de peatones, ciclistas, motoristas e incluso en la generalidad de la comunidad.

Es por lo anterior que la presente iniciativa apunta a fortalecer los niveles de seguridad en las vías, a partir del elemento humano que implica el tránsito. En efecto, uno de los ámbitos en donde mayor preponderancia tiene el elemento humano en materia de tránsito lo constituye el manejo de automóviles de gran tamaño, especialmente en lo que dice relación con el transporte de personas en la locomoción colectiva. Es así como el presente proyecto de ley busca restringir a los mayores de 69 años la posibilidad de conducir vehículos pesados como automóviles y buces destinados a la locomoción colectiva de pasajeros, camiones de carga y en todos aquellos casos donde se exija licencia clase A.

Pensamos que el manejo de estas máquinas requiere del máximo de destrezas, y frente a ello las personas que superan el umbral de los 69 años no se encuentran aptas en un 100% para desempeñarse en esta clase de trabajo, habida consideración de las dificultades que implica la labor al volante de un vehículo que a partir de sus dimensiones requieres de facultades especiales que escapan de la regla existente en materia de conducción de vehículos. A lo anterior se le suma otro elemento...

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