Libre competencia: Gobierno suma penas de cárcel para la entrega de información falsa - 17 de Marzo de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 561327718

Libre competencia: Gobierno suma penas de cárcel para la entrega de información falsa

La iniciativa ingresará hoy -con urgencia simple- a la comisión de Economía de la Cámara de Diputados. El documento a analizar introducirá los siguientes aspectos:

1 Nuevo tipo penal

Con miras a disuadir de manera efectiva la participación de personas en delitos de colusión, se establecerá una pena que va desde los cinco años y un día a 10 años. Actualmente, el artículo 285 del Código Penal sanciona la alteración fraudulenta de precios. Si bien este no será derogado -puesto que está siendo utilizado en el juicio del caso Farmacias-, este nuevo tipo penal estará en el mismo articulado y, al ser especial, estará sobre el 285. De hecho, esta nueva norma no solo abordará la fijación de precios, sino también las coordinaciones para limitar la producción y para distribuirse el mercado.

Las investigaciones criminales desarrolladas por el Ministerio Público respecto de este delito solo podrán iniciarse una vez que la Fiscalía Nacional Económica (FNE) se querelle ante el Juzgado de Garantía competente.

El proyecto también establece penas de cárcel de 61 días a tres años para quienes entreguen información falsa. Además, se establecerán multas para aquellos que no respondan a la solicitud de información adecuada o lo hagan parcialmente.

Además, se propone introducir como sanción adicional la prohibición de celebrar cualquier contrato con órganos del Estado hasta por cinco años, una vez que la sentencia quede ejecutoriada.

2 Delación compensada

Se extenderá la exención de responsabilidad derivada de la delación compensada a la arista penal. Este beneficio solo recaerá sobre el primer delator.

3 Aumento de las multas

Actualmente, la multa máxima para los delitos de colusión alcanza los 30 mil UTA (unos US$ 25 millones). La iniciativa propone un límite flexible que diga relación con una suma equivalente al doble del beneficio económico obtenido como resultado de la infracción. Si este no puede ser determinado claramente, se optará por hasta el 30% de las ventas obtenidas en el período en que operó el cartel.

En esa línea, se eliminará la exigencia de que el acuerdo colusorio confiera poder de mercado para sancionar delitos de colusión. Además, se establecerán mecanismos para que los consumidores puedan reclamar indemnización por perjuicios.

4 Inhabilidades

Para las personas naturales se establece una pena de inhabilitación absoluta para cargos públicos, de director o gerente tanto en sociedades anónimas como estatales por un período de cinco años. Esta...

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