Oficio nº 48819 de 2 de Octubre de 2018, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Leyes Nºs. 16.395 y 18.833.) - Doctrina Administrativa - VLEX 741330601

Oficio nº 48819 de 2 de Octubre de 2018, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Leyes Nºs. 16.395 y 18.833.)

  1. Ha recurrido usted a esta Superintendencia indicando que tiene ahorros 57 Bis en la C.C.A.F. y que, al momento de retirarlos, le cobran un impuesto que no está en condiciones de pagar.

  2. Requerida al efecto, informó esa C.C.A.F. que usted mantiene desde el 28 de abril de 1996 la cuenta de ahorro, que se encuentra acogida a la Ley N° 19.281, sobre Leasing Habitacional. Esta Ley, en su artículo 10°, otorgó la opción de acogerse, a su vez, a la franquicia tributaria del artículo 57 Bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, con la que se tiene la opción de recuperar impuestos por los ahorros netos positivos y devolver impuestos recuperados por los ahorros netos negativos.

    Agrega la Caja que, a raíz de la Reforma Tributaria de la Ley N° 20.780 de 2014, el Artículo 57 Bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta sufrió modificaciones a contar del 1 de enero de 2017, entre las que se cuenta la supresión del régimen del Artículo 57 Bis, por lo que no se pueden realizar aportes y/o reinversiones a las cuentas asociadas a dicho régimen.

    Por lo anterior, continúa la C.C.A.F., los depósitos realizados con posterioridad al 1 de enero de 2017 no son considerados para el cálculo del ahorro neto, sino solo los giros del saldo acumulado al 31 de diciembre de 2016, ello según lo dispuesto en la Circular N° 11 de 2015, del Servicio de Impuestos Internos.

    En razón de lo anterior, señala la Caja, en los años 2016 y 2017 la cuenta del...

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