Oficio nº 018897 de 26 de Marzo de 2013, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Leyes Nºs 11.764 y 16.395; D.F.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 28, del año 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.) - Doctrina Administrativa - VLEX 480747634

Oficio nº 018897 de 26 de Marzo de 2013, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Leyes Nºs 11.764 y 16.395; D.F.L. Nº 1, de 2005, del Ministerio de Salud; D.S. Nº 28, del año 1994, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.)


  1. - Esa Subsecretaría ha recurrido a esta Superintendencia, solicitando un pronunciamiento respecto a si corresponde bonificar prestaciones médicas en que el afiliado hubiere hecho uso de sus excedentes de cotización previsional.


    Acompaña el Dictamen de concordancias, en que la Contraloría General de la República, en relación con un Bienestar de una Municipalidad, expresa que los reembolsos de los gastos de salud solo podrán referirse a los que no cubrió la Institución de Salud Previsional. En el caso en comento, como no ha existido desembolso económico, ya que el copago fue enterado con los excedentes de cotización de salud, no corresponde que el Bienestar bonifique tal monto.


  2. - Sobre el particular, esta Superintendencia manifiesta que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1°, del D.S. N°28, citado en Fuentes, los Servicios de Bienestar son entidades cuyo objeto es contribuir al bienestar del trabajador cooperando a su adaptación al medio y a la elevación de sus condiciones de vida.


    Además, las bonificaciones por prestaciones médicas que otorgan los Servicios de Bienestar tienen por objeto, complementar el régimen previsional de salud del afiliado y en caso alguno pueden significar que el afiliado perciba una suma superior a la que efectivamente tuvo que desembolsar, por cuanto se produciría un enriquecimiento sin causa.


    En la especie, cabe establecer que los excedentes de cotización corresponden a las diferencias que se producen entre el precio de las Garantías Explícitas de Salud más el precio del plan convenido por el trabajador y...

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