Ley número 21.456.- Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos - 26 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 905324676

Ley número 21.456.- Reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, así como la asignación familiar y maternal, y el subsidio familiar, otorga un subsidio temporal a las micro, pequeñas y medianas empresas en la forma que indica, y establece un aporte compensatorio del aumento del valor de la canasta básica de alimentos

Número de registroCVE-2134353
Fecha de publicación26 Mayo 2022
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Número de Gaceta43.262
CVE 2134353 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.262 | Jueves 26 de Mayo de 2022 | Página 1 de 9
Normas Generales
CVE 2134353
MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, ASÍ COMO LA
ASIGNACIÓN FAMILIAR Y MATERNAL, Y EL SUBSIDIO FAMILIAR, OTORGA UN
SUBSIDIO TEMPORAL A LAS MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN
LA FORMA QUE INDICA, Y ESTABLECE UN APORTE COMPENSATORIO DEL
AUMENTO DEL VALOR DE LA CANASTA BÁSICA DE ALIMENTOS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
“TÍTULO I
REAJUSTA EL MONTO DEL INGRESO MÍNIMO MENSUAL, LA ASIGNACIÓN
FAMILIAR Y MATERNAL Y EL SUBSIDIO FAMILIAR
Artículo 1.- A contar del 1 de mayo de 2022, elévase a $380.000 el ingreso mínimo
mensual para los trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años
de edad.
A contar del 1 de agosto de 2022, elévase a $400.000 el ingreso mínimo mensual para los
trabajadores y las trabajadoras mayores de 18 años de edad y hasta de 65 años de edad.
Artículo 2.- A contar del 1 de mayo de 2022, elévase a $283.471 el ingreso mínimo
mensual para los trabajadores y las trabajadoras menores de 18 años de edad y mayores de 65
años de edad.
Artículo 3.- A contar del 1 de mayo de 2022, elévase a $244.944 el ingreso mínimo
mensual para efectos no remuneracionales.
Artículo 4.- Reemplázase el inciso primero del artículo 1 de la ley Nº 18.987 por el
siguiente:
“Artículo 1.- A contar del 1 de mayo de 2022, la asignación familiar y maternal del Sistema
Único de Prestaciones Familiares, regulada por el decreto con fuerza de ley Nº 150, de 1981, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social, tendrá los siguientes valores según los siguientes
tramos:
a) De $15.597 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual no exceda de
$398.443.
b) De $9.571 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los
$398.443 y no exceda de $581.968.
c) De $3.025 por carga, para aquellos beneficiarios cuyo ingreso mensual supere los
$581.968 y no exceda de $907.672.
d) Las personas que tengan acreditadas o que acrediten cargas familiares, cuyo ingreso
mensual sea superior a $907.672, no tendrán derecho a las asignaciones aludidas en este
artículo.”.

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