Ley número 21.363.- Establece normas en materia de comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas, y otras que indica - 6 de Agosto de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 873864753

Ley número 21.363.- Establece normas en materia de comercialización y publicidad de bebidas alcohólicas, y otras que indica

Número de registroCVE-1988681
Fecha de publicación06 Agosto 2021
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Número de Gaceta43.021
CVE 1988681 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.021 | Viernes 6 de Agosto de 2021 | Página 1 de 5
Normas Generales
CVE 1988681
MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
LEY NÚM. 21.363
ESTABLECE NORMAS EN MATERIA DE COMERCIALIZACIÓN Y PUBLICIDAD
DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS, Y OTRAS QUE INDICA
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente proyecto
de ley, iniciado en mociones refundidas; la primera, correspondiente al boletín N° 2.973-11, del
diputado señor Carlos Abel Jarpa Wevar, y de los exdiputados señores Enrique Accorsi Opazo,
Guido Girardi Lavín, Osvaldo Palma Flores, Leopoldo Sánchez Grunert y señora Laura Soto
González; la segunda, correspondiente al boletín N° 4.181-11, de los diputados señores Jaime
Mulet Martínez, Jorge Sabag Villalobos y Mario Venegas Cárdenas y señora Alejandra
Sepúlveda Orbenes, y de los exdiputados señores Pedro Araya Guerrero, Eduardo Díaz Del Río,
Sergio Ojeda Uribe y Carlos Olivares Zepeda y señora Carolina Goic Boroevic; la tercera,
correspondiente al boletín N° 4.192-11, de los exdiputados señores Francisco Chahuán Chahuán
y Marco Enríquez-Ominami Gumucio; y la última, correspondiente al boletín N° 4.379-11, del
diputado señor Ignacio Urrutia Bonilla, y de los exdiputados señores Enrique Accorsi Opazo,
Francisco Chahuán Chahuán, Enrique Estay Peñaloza, Guido Girardi Brière, Juan Lobos Krause,
Juan Masferrer Pellizzari, Sergio Ojeda Uribe y Felipe Ward Edwards y señora María Angélica
Cristi Marfil.
Proyecto de ley:
“Artículo 1.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley N° 19.925, sobre
expendio y consumo de bebidas alcohólicas:
1. Intercálase en el artículo 1°, entre la palabra “alcohólicas” y el punto y coma que le sigue,
la siguiente frase: “, su etiquetado y normas sobre publicidad”.
2. En la letra I) del artículo 3°:
a) Agrégase, después de la expresión “HOTELES,” lo siguiente: “APART HOTELES,”.
b) Intercálase la siguiente letra b), pasando la actual letra b) a ser c), y así sucesivamente:
“b) Apart hotel, en el que se presta al turista servicio de hospedaje, sin perjuicio de otros
servicios, con expendio de bebidas alcohólicas.
Valor Patente: 5 UTM.”.
3. Sustitúyese el inciso segundo del artículo 9° por el siguiente:
“Igual anotación se hará respecto del adquirente de una patente, en caso de transferencia, o
respecto del poseedor o tenedor a cualquier título de ella. Si fuere una persona jurídica, deberá
dejarse constancia del o los administradores o gerentes. Las patentes sólo pueden transferirse
previa inscripción en la oficina municipal que corresponda, y a personas que no estén
comprendidas en las prohibiciones del artículo 4°.”.
4. Incorpórase en el artículo 19 el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales
incisos segundo a sexto a ser incisos tercero a séptimo, respectivamente:

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