Ley núm. 21602, publicada el 07 de Septiembre de 2023. MODIFICA LOS REQUISITOS PARA SER LLAMADO AL SERVICIO EN CARABINEROS DE CHILE
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA |
Rango de Ley | Ley |
LEY NÚM. 21.602
MODIFICA LOS REQUISITOS PARA SER LLAMADO AL SERVICIO EN CARABINEROS DE CHILE
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
"Artículo 1°.- Introdúcense las siguientes modificaciones en la ley Nº 18.961, orgánica constitucional de Carabineros de Chile:
1) Incorpórase, en el artículo 2° ter, un inciso final del siguiente tenor:
"Adicionalmente, y en la misma oportunidad en que se dé cumplimiento al deber de informar dispuesto en el inciso primero, Carabineros de Chile deberá informar al Ministerio del Interior y Seguridad Pública la cantidad de personal en retiro que ha sido llamado al servicio, dando cuenta de su desagregación y cobertura, tanto a nivel regional como comunal, así como el cumplimiento de la finalidad respecto del aumento de la dotación de Carabineros en labores operativas a nivel de Altas Reparticiones, Reparticiones, Comisarías y Destacamentos. Además, respecto del personal llamado al servicio, se deberá dar cuenta de los funcionarios que han cesado en sus funciones y los motivos de ello.".
2) Modifícase el artículo 16 del siguiente modo:
a) En el inciso primero:
i) Sustitúyese la expresión "informando al" por "previa autorización del".
ii) Sustitúyense las voces "cinco años" por "siete años".
iii) Intercálase, entre las expresiones "Superiores de Fila" y "que se encuentren en situación", la siguiente frase: "o de los Servicios, en este último caso, con excepción de los funcionarios de veterinaria, banda y servicios religiosos,".
iv) Intercálase, a continuación de la expresión "retiro absoluto", la frase "o temporal con derecho a pensión".
v) Introdúcese, entre las expresiones "Estatuto del Personal." y "Tratándose del Personal", la siguiente oración: "En la propuesta, el General Director, deberá incluir la destinación del funcionario, su empleo y grado.".
vi) Elimínase la expresión "de Orden y Seguridad".
b) Agrégase el siguiente inciso segundo, nuevo, pasando los actuales incisos segundo y tercero a ser incisos tercero y cuarto, respectivamente:
"El llamado al servicio tiene por finalidad, ya sea de manera directa o indirecta, el aumento de la dotación de Carabineros en labores operativas a nivel de Altas Reparticiones, Reparticiones, Comisarías y Destacamentos. Lo anterior, con el objeto de que se aumente la cantidad de funcionarios que puedan realizar los servicios extraordinarios y ordinarios en el cuartel y en la población.".
c)...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba