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Ley núm. 21566, publicada el 11 de Mayo de 2023. MODIFICA LAS DENOMINACIONES DE LOS SERVICIOS DE SALUD

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyLey

LEY NÚM. 21.566

MODIFICA LAS DENOMINACIONES DE LOS SERVICIOS DE SALUD

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación a esta iniciativa de ley que tuvo su origen en Mensaje de Su Excelencia el Presidente de la República, y en Moción de los Honorables senadores señores Iván Flores García, Juan Luis Castro González, Francisco Chahuán Chahuán, Felipe Kast Sommerhoff y Javier Macaya Danús,

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- Reemplázase, el inciso primero del artículo 16 del decreto con fuerza de ley N° 1, promulgado el año 2005 y publicado el año 2006, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469, por el siguiente:

"Artículo 16.- Créanse los siguientes Servicios de Salud, en adelante los Servicios, que coordinadamente tendrán a su cargo la articulación, gestión y desarrollo de la Red Asistencial correspondiente, para la ejecución de las acciones integradas de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermas:

  1. Uno en la Región de Arica y Parinacota: Arica y Parinacota.

  2. Uno en la Región de Tarapacá: Tarapacá.

  3. Uno en la Región de Antofagasta: Antofagasta.

  4. Uno en la Región de Atacama: Atacama.

  5. Uno en la Región de Coquimbo: Coquimbo.

  6. Tres en la Región de Valparaíso: Valparaíso-San Antonio, Viña del Mar-Quillota y Aconcagua.

  7. Uno en la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins: O'Higgins.

  8. Uno en la Región del Maule: Maule.

  9. Uno en la Región del Ñuble: Ñuble.

  10. Cuatro en la Región del Biobío: Concepción, Arauco, Talcahuano y Biobío.

  11. Dos en la Región de La Araucanía: Araucanía Sur y Araucanía Norte.

  12. Uno en la Región de Los Ríos: Los Ríos.

  13. Tres en la Región de Los Lagos: Osorno, Reloncaví y Chiloé.

  14. Uno en la Región de Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo: Aysén.

  15. Uno en la Región de Magallanes y de la Antártica Chilena: Magallanes.

  16. Seis en la Región Metropolitana de Santiago: Metropolitano Central, Metropolitano Sur, Metropolitano Sur-Oriente, Metropolitano Oriente, Metropolitano Norte y Metropolitano Occidente.".

Artículo 2°

Las referencias que hagan las leyes, reglamentos y demás normas jurídicas, contratos o actos administrativos a los Servicios de Salud de Arica, Iquique, Libertador General Bernardo O'Higgins, Bío-Bío, Valdivia, y Aysén del General Carlos Ibáñez del Campo se entenderán efectuadas a los Servicios de Salud Arica y...

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