Ley núm. 20989, publicada el 27 de Enero de 2017. AUTORIZA TRASPASAR RECURSOS PROVENIENTES DE LA APLICACIÓN DE LA LEY RESERVADA DEL COBRE AL TESORO PÚBLICO, PERMITIENDO UNA CAPITALIZACIÓN EXTRAORDINARIA A LA CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 662882961

Ley núm. 20989, publicada el 27 de Enero de 2017. AUTORIZA TRASPASAR RECURSOS PROVENIENTES DE LA APLICACIÓN DE LA LEY RESERVADA DEL COBRE AL TESORO PÚBLICO, PERMITIENDO UNA CAPITALIZACIÓN EXTRAORDINARIA A LA CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyLey

LEY NÚM. 20.989

AUTORIZA TRASPASAR RECURSOS PROVENIENTES DE LA APLICACIÓN DE LA LEY RESERVADA DEL COBRE AL TESORO PÚBLICO, PERMITIENDO UNA CAPITALIZACIÓN EXTRAORDINARIA A LA CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Defensa Nacional a integrar, con cargo a los fondos que se hayan enterado hasta el 31 de diciembre de 2016 por aplicación del artículo 1 de la ley N° 13.196, a Ingresos Generales de la Nación, partida presupuestaria 50 del Tesoro Público, cuatrocientos setenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$475.000.000). Este integro se realizará a más tardar dentro de los cuarenta y cinco días siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley.

Igualmente, autorízase al Ministerio de Defensa Nacional a integrar, con cargo a los fondos que se hayan enterado hasta el 30 de septiembre de 2017 por la aplicación del artículo 1 de la ley N° 13.196, a Ingresos Generales de la Nación, partida presupuestaria 50 del Tesoro Público, un monto equivalente a los recursos que la Corporación Nacional del Cobre de Chile deba destinar al cumplimiento de la precitada ley y no pueda financiar con los excedentes generados antes de impuestos en el año comercial 2017, conforme a las proyecciones que informe el Ministerio de Hacienda. Este integro se realizará a más tardar el 31 de octubre de 2017. Con todo, el traspaso autorizado en virtud de este inciso no podrá superar los cuatrocientos setenta y cinco millones de dólares de los Estados Unidos de América (US$475.000.000).

Para los efectos de lo dispuesto en el inciso segundo, el Ministerio de Hacienda, sobre la base de la información contable y financiera que deberá remitirle el directorio de la Corporación, a más tardar una vez transcurridos treinta días corridos desde la fecha de entrada en vigencia de esta ley, determinará el monto y lo informará al Ministerio de Defensa Nacional y a las Comisiones de Minería y Energía y de Hacienda de la Cámara de Diputados y del Senado, a más tardar el 30 de septiembre de 2017, información que se remitirá con carácter reservado.

Artículo 2

Autorízase al Ministro de Hacienda, a contar de la fecha de entrada en vigencia de esta ley y hasta el 28 de febrero de 2018, para...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR