Ley Núm. 20.864 Diario Oficial 15.10.2015 Ministerio del Trabajo y Previsión Social - Núm. 29, Noviembre 2015 - Manual ejecutivo laboral - Libros y Revistas - VLEX 704392017

Ley Núm. 20.864 Diario Oficial 15.10.2015 Ministerio del Trabajo y Previsión Social

Páginas131-134
131
GARANTÍAS CONSTITUCIONALES DEL TRABAJADOR
LEYES Y DECRETOS
LEY NÚM. 20.864
Diario Ocial 15.10.2015
Ministerio del Trabajo y Previsión Social
EXIME DE LA OBLIGACIÓN DE EFECTUAR COTIZACIONES DE SALUD A
PENSIONADOS MAYORES DE 65 AÑOS, FACILITA LA TRAMITACIÓN DE
PRESTACIONES DE VEJEZ Y OTORGA OTROS BENEFICIOS
Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley:
“Artículo 1°.- Modifícase la ley N° 20.531, que exime, total o parcialmente, de la
obligación de cotizar para salud a los pensionados que indica, de la siguiente manera:
1. En su artículo 2°:
a) Modifícase el inciso primero en el siguiente sentido:
i) Reemplázase la frase “A contar del día 1 del mes siguiente a los doce meses
posteriores a la entrada en vigencia de la exención establecida en el inciso primero
del artículo anterior,” por “Estarán exentos de”.
ii) Elimínase la frase “será de 5% para”.
iii) Sustitúyese la palabra “rebaja” por “exención”, después del primer punto seguido.
b) Reemplázase en su inciso segundo la expresión “rebaja” por “exención”.
c) Modifícase su inciso tercero en los siguientes términos:
i) Reemplázase la expresión “el artículo 1° y la nómina de aquellos beneciarios de la
rebaja de cotización de salud de este artículo,” por “en este artículo y en el anterior”.
ii) Elimínase la expresión “o rebaja”.
d) Intercálase el siguiente inciso cuarto, nuevo, pasando el actual inciso cuarto a
ser quinto:
“Respecto de los beneciarios de la exención establecida en el presente artículo,
será aplicable lo dispuesto en los incisos segundo y tercero del artículo anterior,
según corresponda”.
LeYeS Y decReTOS

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