Oficio nº 040266 de 12 de Junio de 2008, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 19.070; Ley Nº 18.883; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480541354

Oficio nº 040266 de 12 de Junio de 2008, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 19.070; Ley Nº 18.883; D.S. Nº 3, de 1984, del Ministerio de Salud)

  1. - Ha recurrido a esta Superintendencia un trabajador, reclamando en contra de las resoluciones de esa Subcomisión que confirmaron el rechazo de las licencias médicas N°s. 18608733 y 18608667, por 30 días cada una, a contar del 8 de abril de 2007 y 8 de mayo de 2007, respectivamente, por parte de la ISAPRE.

    Acompaña resolución 26625, de 31 de mayo de 2007, en que esa Subcomisión confirma el rechazo de licencia médica porque el interesado tiene resolución de invalidez parcial, ejecutoriada el 27 de enero de 2007.

    Asimismo, acompaña resolución de la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, de 10 de mayo de 2007.

  2. - Requerido informe a esa Subcomisión, mediante los Ordinarios N°s 42791 y 55511, de 5 y 27 de agosto de 2007, hasta la data presente, no ha dado respuesta, por lo que se resolverá con los antecedentes de que se dispone.

  3. - Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que conforme a los antecedentes acompañados por el recurrente, consta que mediante el Ordinario de 10 de mayo de 2007, la Corporación Municipal de Educación y Salud de San Bernardo, notificó y transcribió al Sr. la declaración de invalidez, efectuada mediante Dictamen de la Comisión Médica Central de la Superintendencia de A.F.P. de 2 de enero de 2007, que le otorgó una invalidez parcial, con un 50% de invalidez. Agrega el documento de la Corporación Municipal empleadora, que el derecho a los seis meses de remuneración...

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