Oficio nº 065642 de 12 de Diciembre de 2006, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.395; D.S. Nº 3, del año 1984, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480503978

Oficio nº 065642 de 12 de Diciembre de 2006, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.395; D.S. Nº 3, del año 1984, del Ministerio de Salud)

  1. - Ha recurrido a esta Superintendencia don, reclamando en contra de lo resuelto por esa COMPIN que no acogió su apelación fuera de plazo, por el rechazo que efectuara la ISAPRE, de su licencia médica N°1-17305161, que fue otorgada por 15 días a contar del 23 de agosto de 2006, diagnóstico "bronquiolitis obliterante" por incumplimiento de reposo.


    Expone que el día que concurrieron a efectuar la visita domiciliaria en los domicilios registrados en la licencia médica respectiva como lugar de reposo, no fue habido porque se encontraba en control médico.


    Agrega que cuando le informaron del rechazo en la Isapre adjuntó los certificados correspondientes para apelar, por lo que le informaron que debía esperar respuesta sin necesidad de acudir a la COMPIN. Como la respuesta no llegó, por su propia iniciativa concurrió a la COMPIN y se encontró con la novedad que el plazo para apelar habría vencido; no obstante, de igual modo presentó su apelación, pero no prosperó.


    Por último, señala que con anterioridad a esta licencia médica estuvo hospitalizado 10 días, desde el 17 al 26 de julio por el mismo diagnóstico, bronquiolitis folicular obliterante en el Hospital Militar y en esa oportunidad la ISAPRE le redujo los días de reposo.


    Adjunta Resolución N°12.373 de 18 de octubre de 2006, de esa Subcomisión, fotocopia de licencia médica reclamada y fotocopia de certificado médico que acredita su anterior hospitalización y certificado médico que acredita control del paciente el día de la visita domiciliaria.

  2. - De los antecedentes tenidos a la vista se pudo constatar que la ISAPRE rechazó la licencia médica ya indicada por incumplimiento de reposo, con fecha 30 de agosto de 2006, según consta de lo estipulado en la Sección B del respectivo formulario; sin embargo, no existe constancia de la fecha de notificación del rechazo de la licencia al interesado.


    Ahora bien, consultada telefónicamente esa Subcomisión ha indicado que la apelación fue presentada por el interesado el día 25 de septiembre de 2006, no obstante que en la copia de la resolución se registra el 01 - septiembre-25 y que la visita domiciliaria se habría practicado el día 29 de agosto de 2006.

  3. - Sobre el particular, esta Superintendencia cumple en manifestar que...

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