Oficio nº 004412 de 6 de Junio de 1988, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744) - Doctrina Administrativa - VLEX 480761858

Oficio nº 004412 de 6 de Junio de 1988, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744)

Si bien es cierto que la silicosis que los recurrentes padecen fue diagnosticada con posterioridad a la fecha en que egresaron estos de la Empresa, no ha sido posible establecer que se haya debido a alguna irregularidad por parte de ella.


Al respecto y en lo que atañe a la Fiscalización en cuanto al cumplimiento por parte de la Empresa recurrida, de la Ley Nº 16.744, cabe señalar que esta Superintendencia la efectuó recientemente y que sus resultados fueron comunicados a la Confederación de Trabajadores del Cobre, Zonal El Teniente, y a la propia Empresa, mediante Oficio Ord. Nº265, de 18 de enero de 1988.


En relación a la solicitud de los recurrentes, en cuanto a otorgarles indemnización por la...

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