Oficio nº 038960 de 18 de Junio de 2007, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.395; D.S. Nº 3, de 1984; D.F.L. Nº 1, de 2006, del Ministerio de Salud) - Doctrina Administrativa - VLEX 480537830

Oficio nº 038960 de 18 de Junio de 2007, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.395; D.S. Nº 3, de 1984; D.F.L. Nº 1, de 2006, del Ministerio de Salud)

Una persona solicita informar el caso de un trabajador, por el rechazo de las licencias médicas N°12297632, 11991976 y 12297278, otorgadas en el año 2003 y el no pago de los correspondientes subsidios.


Requerida al efecto la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Concepción SEREMI Salud Región Bio Bio, ha remitido los antecedentes que tuvo en consideración para resolver, esto es, Tarjeta de Licencias Médicas, fotocopias de las referidas licencias, certificado de 22.07.2003 de la Superintendencia de AFP que acredita trámite de calificación de invalidez y otros antecedentes.


Sobre el particular, cumplo con informar que de los antecedentes tenidos a la vista, se desprende que las licencias médicas de que se trata, fueron otorgadas por 21 días a contar del 25.07, 15.08 y 5.09 de 2003 y rechazadas por reposo injustificado. Las resoluciones de rechazo de las referidas licencias médicas fueron emitidas por la Subcomisión de Medicina Preventiva e Invalidez Concepción SEREMI Salud Región Bio Bio., en septiembre y octubre de 2003.


Dichas resoluciones de rechazo pudieron ser apeladas ante esta Superintendencia, lo cual no se hizo.


La resolución de...

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