Oficio nº 62203 de 4 de Noviembre de 2016, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744.) - Doctrina Administrativa - VLEX 652852405

Oficio nº 62203 de 4 de Noviembre de 2016, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº 16.744.)

  1. Mediante el oficio consignado en CONC., esta Superintendencia confirmó lo previamente dictaminado por la Comisión Médica de Reclamos (Comere) a través de su Resolución, de 4 de febrero de 2015, fijando en 15% la incapacidad auditiva que afectaría a usted por un cuadro diagnosticado como "hipoacusia sensorioneuronal laboral".


    Cabe agregar que previo a los pronunciamientos recién referidos la Compin O'Higgins, mediante su Resolución, de 18 de agosto de 2014, había establecido la incapacidad en 12,5%.


    A través de la presentación de ANT., usted ha vuelto a recurrir ante esta Superintendencia reclamando en contra del pertinente organismo de administración delegada del Seguro Social contra Riesgos Profesionales -Codelco Chile, División El Teniente- por no haberle otorgado los beneficios económicos respectivos provenientes de la aludida declaración de incapacidad.


    Requerida al efecto, la citada División acompañó los antecedentes del caso e informó que en junio de 2009 usted ya había sido evaluado por la referida Compin mediante la Resolución Exenta, de 8 de junio de 2009, asignándole un 17,5% por un cuadro de "trauma acústico laboral", pagándole el beneficio económico respectivo -una indemnización global-, lo que hace improcedente que se le pague nuevamente tal beneficio pues ambas evaluaciones y cuantificaciones de incapacidad se corresponden al mismo cuadro clínico.


  2. Sin perjuicio de lo...

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