Oficio nº 28271 de 30 de Agosto de 2018, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.395; D.S. Nº3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social) - Doctrina Administrativa - VLEX 738510309

Oficio nº 28271 de 30 de Agosto de 2018, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº16.395; D.S. Nº3, de 1984, del Ministerio de Salud; D.F.L. Nº44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social)


Visto:


La Ley Nº16.395 que fija el texto refundido de la ley de organización y atribuciones de la Superintendencia de Seguridad Social; el D.S. N°3, de 1984, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de autorización de licencias médicas por las COMPIN e Instituciones de Salud Previsional; el D.F.L. N°44, de 1978, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece normas comunes para subsidios por incapacidad laboral de los trabajadores dependientes del sector privado; el Código del Trabajo y la Resolución N°1600, de 2008, de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.


Considerando:


Que, con fecha 09/05/2018, ha recurrido a esta Superintendencia la interesada, reclamando en contra de la ISAPRE Banmédica S.A., que no ha dado cumplimiento a lo ordenado por la Subcomisión Concepción a través de las Resoluciones Exentas de 08/05/2017 y de 05/06/2017, respecto a la autorización de las licencias médicas continuadas, Tipo 4, N°s. 89 y 01, por un total de 60 días, a contar del 16/04/2017, con lo cual, no está de acuerdo.

Que, la interesada señala que no concuerda con la determinación de la ISAPRE Banmédica S.A., puesto que dicha Institución no cumpliría con los referidos dictámenes de la Subcomisión Concepción, ya que con fecha 16/03/2017 se puso término a su contrato de trabajo, con lo cual no está de acuerdo, ya que durante la vigencia de las referidas licencias médicas, tenía fuero maternal, en virtud del embarazo de su hijo, nacido el 01/08/2016.

Que, la interesada acompaña copias de las Resoluciones de la Subcomisión Concepción y de la ISAPRE Banmédica S.A., de las licencias médicas N°s. 89 y 01, del Ord. de 13/11/2017, de la Superintendencia de Salud, de su contrato de trabajo, de los anexos a este, de 06/12/2015 y 30/12/2015, de las liquidaciones de sueldo de noviembre y diciembre de 2015 y de enero, febrero, marzo, abril y mayo de 2016 y de la carta de aviso de término del contrato de trabajo, remitida por el liquidador del procedimiento concursal de su empleador, quien con fecha 16/03/2017, le indica que se puso término a su relación laboral el término de sus servicios en calidad de trabajadora dependiente de dicho empleador, a contar del 21/12/2016.

Que, mediante la carta S/N°, de 29/05/2018, la ISAPRE Banmédica S.A.remitió copias del histórico de licencias médicas y de la Resolución Exenta de 12/09/2017, de la Subcomisión Concepción, en la que...

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