Ley sobre Impuesto a la Renta – art. 17 N° 8, letra b). - Doctrina Administrativa - VLEX 527500934

Ley sobre Impuesto a la Renta – art. 17 N° 8, letra b).

Fecha de Resolución11 de Abril de 2002

Ley sobre Impuesto a la Renta – art. 17 N° 8, letra b). (Ord. N° 1187, de 11.04.2002)

Situación tributaria de enajenación de terreno perteneciente a sociedad en el cual uno de los socios edificó una casa.

  1. - Por Ordinario indicado en el antecedente, se solicita un pronunciamiento en cuanto a la tributación que afectaría a la venta de la casa habitación de su propiedad construida en terrenos de propiedad de la Sociedad de Inversiones de la cual es socio.

    Expresa el recurrente en su escrito, que una sociedad de inversiones de la cual es socio, es dueña de un terreno de 5.000 metros cuadrados desde 1995, el cual se adquirió por el aporte inicial que le hicieran sus socios al momento de constituirla. Posteriormente, en el año 1996, él, como persona natural encargó la construcción de una casa, la cual se construyó sobre el terreno señalado precedentemente. Esta casa fue facturada a su nombre y se financió con un crédito hipotecario a su nombre.

    Agrega más adelante, que actualmente tiene la posibilidad de vender esa propiedad (sitio y casa), para lo cual le gustaría que se le confirme como correcta la forma en que materializaría esta operación:

    1. La sociedad vendería el terreno tributando en primera categoría por el mayor valor que se produzca; y

    2. El ocurrente vendería, como persona natural, la casa, operación que no sería constitutiva de impuesto sobre el mayor valor que se produzca de acuerdo al artículo 17 de la Ley de la Renta.

    Por otro lado señala, que el Banco, institución que estaría financiando al comprador de la propiedad aludida mediante un crédito hipotecario, le ha informado oficialmente después de consultar a su fiscalía que pueden confeccionar una sola escritura para la compra del terreno y de la casa, considerando que son personas distintas las que venden cada bien, haciendo incapié en que habría que individualizar la factura que dio origen a la venta de la casa, en la escritura de compra y venta.

    Finalmente expresa, que dicho bien ha sido usado por él y su familia desde su construcción, dándole un uso netamente habitacional, y que dicha casa no forma parte de la contabilidad de la sociedad propietaria del terreno, como tampoco no figura ésta en los títulos del terreno del Conservador de Bienes Raíces correspondiente.

    Esa Dirección Regional, expresa que en atención a que le asisten dudas en cuanto a la tributación respecto del Impuesto a la Renta que afectaría a estas operaciones, dada la alternativa planteada por el recurrente, en cuanto a tratarlas como operaciones independientes, o bien considerarlas, a su juicio, como una sola operación que llevaría a cabo la...

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