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Ley núm. 19231, publicada el 11 de Agosto de 1993. FIJA PLANTA DEL PERSONAL DE LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyLey

FIJA PLANTA DEL PERSONAL DE LA EMPRESA PORTUARIA DE CHILE

Teniendo presente que el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente

Proyecto de ley:

"Artículo 1°.- Fíjase, a contar del 1° de Enero de 1993, la siguiente planta para el personal de la Empresa Portuaria de Chile:

Grado Designación N° de Total

EUS Cargos Cargos

  1. B Director 1 1

  2. Subdirector 1 1

  3. Directivos y

    Profesionales

    Superiores 4 4

  4. Directivos

    y Profesionales

    Superiores 5 5

  5. Directivos

    y Profesionales

    Superiores 4 4

  6. Directivos

    y Profesionales

    Superiores 4

    Profesionales 5 9

  7. Directivos

    y Profesionales

    Superiores 4

    Profesionales 6

    Expertos 4 14

  8. Directivos

    y Profesionales

    Superiores 4

    Profesionales 8

    Expertos 5 17

  9. Directivos

    y Profesionales

    Superiores 4

    Profesionales 9

    Expertos 8

    Técnicos

    Universitarios 4 25

  10. Directivos

    y Profesionales

    Superiores 7

    Profesionales 12

    Expertos 11

    Técnicos

    Universitarios 6 36

  11. Profesionales 14

    Técnicos

    Universitarios 7

    Contadores 4

    Técnicos 7

    Jefes

    Administrativos 42 74

  12. Profesionales 17

    Técnicos

    Universitarios 9

    Contadores 5

    Técnicos 8

    Jefes

    Administrativos 44 83

  13. Profesionales 20

    Técnicos

    Universitarios 10

    Contadores 6

    Técnicos 9

    Jefes

    Administrativos 46

    Especializados 8

    Mecanizados 9 108

  14. Técnicos

    Universitarios 13

    Contadores 7

    Técnicos 10

    Jefes

    Administrativos 49

    Especializados 9

    Mecanizados 10 98

  15. Técnicos

    Universitarios 14

    Contadores 7

    Técnicos 13

    Jefes

    Administrativos 52

    Especializados 10

    Mecanizados 10

    Manuales 5

    Varios 3 114

  16. Técnicos

    Universitarios 17

    Contadores 8

    Técnicos 15

    Jefes

    Administrativos 60

    Especializados 12

    Mecanizados 10

    Manuales 5

    Varios 4 131

  17. Contadores 9

    Técnicos 18

    Jefes

    Administrativos 63

    Especializados 14

    Mecanizados 10

    Manuales 8

    Varios 5 127

  18. Contadores 10

    Técnicos 21

    Administrativos 65

    Especializados 15

    Mecanizados 10

    Manuales 10

    Varios 6 137

  19. Contadores 13

    Técnicos 28

    Administrativos 69

    Especializados 17

    Mecanizados 10

    Manuales 13

    Varios 7 157

  20. Administrativos 71

    Especializados 19

    Mecanizados 10

    Manuales 16

    Varios 9 125

  21. Administrativos 75

    Especializados 20

    Mecanizados 10

    Manuales 18

    Varios 13 136

  22. Administrativos 82

    Especializados 21

    Mecanizados 11

    Manuales 21

    Varios 18 153

    TOTAL CARGOS PLANTA 1.559

Artículo 2°

El Director de la Empresa Portuaria de Chile incorporará en la nueva planta a todo el personal de planta o contratado que, al 1° de Enero de 1993, se encontraba prestando servicio a la Empresa y que esté en funciones a la fecha de publicación de esta Ley.

La incorporación se sujetará a las siguientes normas:

  1. El personal que se encuentra en la planta será encasillado en el escalafón que le corresponda conforme a su título profesional o técnico y a las funciones que está desempeñando, con estricta sujeción a su actual ordenamiento.

  2. El personal a contrata se incorporará a la planta en los grados que queden vacantes, luego de encasillado el personal de planta, por estricto orden de antigüedad en la Empresa y conforme a las funciones que estén desempeñando en base a la descripción de cargos que se contienen en el manual que sobre la materia existe en la Empresa.

Artículo 3°

El Director podrá designar en los cargos ejecutivos a los funcionarios que estime idóneos para desempeñarlos. Se considerarán cargos ejecutivos:

Subadministradores y Administradores de Puerto, Secretario General, Jefes de Departamento de la Dirección de la Empresa y Jefes de División.

Las restantes jefaturas serán designadas por concurso interno de oposición, el cual será resuelto sobre la base de la prueba rendida, antecedentes personales, estudios, experiencia y capacitación laboral, antigüedad en la Empresa y condiciones psicológicas para el desempeño del cargo, conforme a las normas que establezca al efecto el reglamento de la Empresa.

Los...

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