Ley núm. 18943, publicada el 22 de Febrero de 1990. DISUELVE ORGANISMO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL |
Rango de Ley | Ley |
DISUELVE ORGANISMO QUE INDICA
La Junta de Gobierno de la República de Chile ha dado su aprobación al siguiente
Proyecto de ley
Derógase el decreto ley N° 1. 878, de 1977.
Transfiérense, por el solo ministerio de la ley, los bienes y recursos que integran el patrimonio de afectación fiscal de la Central Nacional de Informaciones, al Ejército de Chile.
Los derechos y obligaciones pendientes de la Central Nacional de Informaciones a la época de su disolución, corresponderán o serán de cargo del Fisco-Ejército de Chile.
Para los efectos señalados en el inciso anterior, la representación judicial o extra-judicial será asumida por el Consejo de Defensa del Estado.
El personal de planta y a contrata de la Central Nacional de Informaciones que fuere nombrado y encasillado en el Ejército de Chile, sin solución de continuidad, tendrá derecho a que el tiempo servido en la entidad que por esta ley se disuelve, como asimismo en su antecesora patrimonial, le sea considerado como tiempo efectivamente servido en el Ejército de Chile, y válido para todos los efectos remuneratorios, previsionales y de desahucio, según corresponda. En especial, le será válido para enterar el tiempo mínimo de 20 años a que se refiere el artículo 175 del DFL (G) N° 1, de 1968.
Con todo, los servicios que hubieren sido computados para el otorgamiento de una pensión de jubilación o retiro, no podrán ser considerados para los efectos señalados en el inciso anterior.
El integro de las imposiciones por los tiempos que se reconocen en conformidad a esta ley serán de cargo fiscal, cuando corresponda, considerándose para su cálculo como imponible, el sueldo base del grado en que sean nombrados o encasillados.
Si tales tiempos estuvieren cubiertos por imposiciones, el organismo previsional respectivo traspasará a la Institución Previsional a que queden adscritos los respectivos fondos.
Las personas contratadas sobre la base de honorarios en la Central Nacional de Informaciones, que pasen a integrar las plantas del Ejército de Chile, podrán solicitar ante el Director del Personal de esa Institución, optar por el régimen de previsión del decreto ley N° 3.500, de...
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