Ley Antiterrorista: señal en todo caso - 18 de Abril de 2014 - El Mercurio - Noticias - VLEX 505845498

Ley Antiterrorista: señal en todo caso

Por breves horas pareció que el Gobierno había dado una importante señal jurídica de hacer frente a los actos terroristas con todas las herramientas que el derecho le brinda, sin excluir a priori la aplicación de la normativa precisamente elaborada para ese efecto. Es de recordar que el texto vigente de la Ley N° 18.314, que tipifica y sanciona tales actos, data de 1984, pero fue ulteriormente modificado en términos significativos por reformas de los años 2003, 2005, 2010 y 2011, de modo que responde a criterios plenamente democráticos. Es más, mantiene permanente vigencia la noción de que la democracia misma es desafiada y puesta en riesgo grave si tales actos no son contrarrestados con vigor condigno a la magnitud de los estragos humanos, institucionales y materiales que ellos causan. De allí la severidad con que los sancionan todas las democracias, incluyendo por cierto las más avanzadas, siendo una evidente falacia sostener que la normativa antiterrorista sea propia de regímenes autoritarios o totalitarios.

Parecía, pues, razonable que se hubiese invocado dicha ley por la correspondiente repartición del Estado, como querellante en el caso de Víctor Montoya Encina, de 23 años, acusado de colocar una bomba en un retén de Carabineros de Las Vizcachas en febrero de 2013. Para hacerlo, el abogado de la autoridad estimó que los hechos en que aquel incurrió "son constitutivos de los delitos de colocación de artefacto explosivo terrorista, previsto y sancionado en el artículo 24 en relación con los artículos 1 y 3 de la Ley Nº 18.314". En consecuencia con lo cual pidió al tribunal oral de Puente Alto declararlo culpable del delito frustrado de "homicidio de carabinero en servicio, previsto y sancionado en el art. 416 del Código de Justicia Militar", por las lesiones con que resultaron dos uniformados a resultas de la explosión. La pena que requirió a la justicia es de 15 años y un día de cárcel.

No había contradicción entre lo anterior y el que el ministro del Interior y Seguridad Pública, Rodrigo Peñailillo, hubiese encargado a un grupo de abogados el análisis de dicha ley. Es su...

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