Oficio nº 003588 de 17 de Enero de 2014, de Superintendencia de Seguridad Social (sobre Ley Nº18.833; Circular Nº 1669, de 1998, de esta Superintendencia.)
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- Ud. ha solicitado una aclaración de lo resuelto por esta Superintendencia, a través del Of.Ord. citado en CONC., mediante el cual se determinó no acoger su reclamo relacionado con descuentos que la C.C.A.F. estaría practicando sobre una pensión que actualmente recibe, correspondiente a la Ex Empart, pensión que es distinta de aquella en cuya virtud se afilió a la citada Caja, el año 2005, otorgada en el marco de la Ley N° 19.992 (exonerados políticos), la que dejó de percibir en noviembre de 2012, al haber optado por la ya citada pensión de la Ex Empart.
Además, en su presentación, expone que la antes citada Caja otorga un beneficio a aquellos afiliados que cursan estudios superiores, prestación a la que no pudo acceder, por no cumplir con ciertos requisitos exigidos por dicha Entidad.
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- Sobre el particular, cumplo con señalar a Ud. que, de acuerdo con lo establecido en la Circular N° 1.669, de 1998, de esta Superintendencia, emitida en conjunto con las Superintendencias de Pensiones y de Valores y Seguros, en caso que un pensionado goce de más de una pensión, sólo puede afiliarse a una Caja de Compensación, y el aporte del 1% se debe efectuar sobre cualquiera de las pensiones de que sea titular.
Atendido lo anterior, al haber optado por la pensión de la Ex Empart, a partir de noviembre de 2012, Ud. se mantuvo como pensionado afiliado a la C.C.A.F., correspondiendo que la cuota por concepto de aporte gravara dicha pensión. Es decir, la afiliación a una C.C.A.F. de un pensionado se relaciona con su calidad de tal y no respecto de determinada pensión.
Por tanto y tal como se le indicó a través del Of. Ord. citado en CONC., los descuentos por concepto de aporte, efectuados por la antes citada Caja, fueron correctamente aplicados a la pensión de que es actualmente titular.
Sin perjuicio de lo anteriormente expresado, hago presente a Ud. que de acuerdo con lo establecido en la Circular...
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