LEIGHTON Y ORTEGA LIMITADA 76.558.487-6 - 10 de Febrero de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 922659381

LEIGHTON Y ORTEGA LIMITADA 76.558.487-6

Fecha de publicación10 Febrero 2023
Número de registroCVE-2269716
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.474
CVE 2269716 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.474 | Viernes 10 de Febrero de 2023 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2269716
EXTRACTO
ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la
Notaría número veintinueve de Santiago, según Decreto ya protocolizado en esta Notaría, de este
domicilio, calle Mac-Iver número doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago,
certifico: que por escritura pública de fecha 20 de enero de 2023, repertorio N° 615-2023, ante
mí don ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL, con domicilio en calle Mac-Iver número
doscientos veinticinco, oficina trescientos dos, Santiago, compareció don MAURICIO
FERNANDO DE JESÚS LEIGHTON SOTA, y doña MÓNICA ELIANA ORTEGA
BAHAMONDES, ambos domiciliados en calle Teresa Concha Walker número 1122,
departamento 1004, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; únicos socios vienen a
transformar la sociedad “LEIGHTON Y ORTEGA LIMITADA” en una sociedad por acciones,
de cuyos estatutos se extracta: Razón social:“LEIGHTON Y ORTEGA SpA”, pudiendo usar
para fines comerciales, publicitarios, de propaganda o bancarios, la abreviatura o nombre de
fantasía, “GTC TRANSFIERA” o “TRANSFIERA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La
asesoría en publicidad, marketing, promociones y comunicación social a toda persona natural o
jurídica, y cualquier otra actividad relacionada directamente con este punto; b) Comprar, vender,
importar, exportar, comercializar, fabricar y arrendar toda clase de bienes corporales e
incorporales, muebles inmuebles. En particular, se comprende la compra, venta, arrendamiento,
con y sin instalaciones y/o amoblado, leasing de bienes raíces, y la renovación, remodelación y
desarrollo de inmuebles, ya sea por cuenta propia o de terceros y, en general, la comercialización
de toda clase de bienes inmuebles o derechos sobre ellos y el desarrollo y promoción, por cuenta
propia o ajena, de negocios inmobiliarios de toda índole; c) La prestación de toda clase de
servicios y asesorías en materias y negocios inmobiliarios pudiendo asesorar, proyectar,
planificar, organizar, dirigir y administrar todo tipo de inmuebles y/u obras; d) La urbanización y
dotación de inmuebles, urbanos o rurales; e) La ejecución por cuenta propia o ajena, de toda
clase de construcción, obras y edificaciones, tales como viviendas edificios, puentes, caminos,
tranques, obras de regadío, túneles, puertos, aeropuertos, o movimientos de tierra; f) La
realización de inversiones en toda clase de bienes inmueble, sean urbanos o rurales, la
planificación, desarrollo y ejecución de loteos, conjuntos habitacionales, deportivos, turísticos,
recreacionales o sociales y de toda clase de proyectos inmobiliarios; g) La inversión en toda clase
de bienes muebles corporales e incorporales, especialmente acciones, bonos, debentures, efectos
de comercio, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles,
comunidades asociaciones y en toda clase de títulos valores mobiliarios; y h) Auditorías de
inventarios nacionales e internacionales. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad podrá
efectuar estos actos por cuenta propia o ajena, pudiendo ser socia o accionista de otras
sociedades y realizar toda clase de actos o contrato relacionados directa o indirectamente con los
objetos anteriores, sin perjuicio de cualquier otro objeto que los socios acuerden. Capital: El
capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, dividido en 100.000 acciones ordinarias,
nominativas, de única serie y sin valor nominal, el cual se encuentra íntegramente suscrito y
pagado. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Administración: La
administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a uno o
más administradores (en adelante el “Administrador”), quienes serán designados por la Junta de
Accionistas. Santiago, 1 de FEBRERO de 2023.

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