'El legislador debiera imponer, a lo menos, la amenaza de pena de cárcel' - 8 de Noviembre de 2015 - El Mercurio - Noticias - VLEX 586476882

'El legislador debiera imponer, a lo menos, la amenaza de pena de cárcel'

En espera de lo que resuelva el tribunal de alzada, el fiscal de Alta Complejidad, Jaime Retamal, habla de las complejidades para investigar y sancionar estas conductas en el mercado con la ley actual; esto, a propósito de la judicialización del denominado "cartel del papel tissue " recién descubierto por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

Pese a que lo de las farmacias fue en 2008, Chile aún no cuenta con un tipo penal que se denomine "colusión" y que se enmarque en conductas de un mercado como el actual.

Es por ello que el Ministerio Público tanto en el caso farmacias como ahora con este nuevo cartel abrió investigación por el artículo 285 del Código Penal, que sanciona a quienes por medios fraudulentos alteren los precios reales.

Para Retamal, el legislador en el proyecto que tiene en marcha se debería escuchar a la ciudadanía y en parte zanjar temas que actualmente no están resueltos y que surgieron en el juicio contra las farmacias.

¿Puede el Ministerio Público usar la prueba de la FNE o del Tribunal de la Libre Competencia (TDLC)? ¿Tiene el mismo estándar probatorio?

El perseguidor penal sostiene que el actual proyecto que se tramita es bueno, ya que no habla de cualquier conducta anticompetitiva, sino de la más grave, que es "coludirse en el precio de bienes de primera necesidad o de cierta importancia", explica.

Acto seguido profundiza: "O sea, esta sanción no va para, por ejemplo, un grupo de taxis que en una comuna acordó subir una tarifa... no, no, no, son grandes empresas. Está dirigido a personas que tienen comprensión completa de cómo funciona el mercado. Son empresas que tienen constituido un oligopolio donde no hay muchas alternativas para el consumidor, y se trata de bienes o servicios difícilmente sustituibles, como en nuestro caso lo fueron los medicamentos crónicos".

En el caso Farmacias, el artículo 285 invocado trae consigo penas bajas. Por ese motivo, la fiscalía decidió en primera instancia ofrecer una suspensión del procedimiento penal a los ejecutivos. Lo que después fue revertido por la Corte de Santiago, que ordenó la realización de un juicio oral.

Para Retamal, los hechos que investigaron en farmacias sí se pueden enmarcar en lo que sanciona el 285 del Código Penal, contrario a lo que estableció el fallo que absolvió a los ejecutivos en voto de minoría y que está a la espera de lo que decida la Corte de Apelaciones.

"Nosotros entendemos que maquinación fraudulenta, como aparece descrito en ese artículo...

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