Lagos Díaz Daniela del Carmen y otro - 16 de Mayo de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 903610512

Lagos Díaz Daniela del Carmen y otro

Fecha de publicación16 Mayo 2022
Número de registroCVE-2122511
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta43.254
CVE 2122511 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
avanzada. Para verificar la autenticidad de una representación impresa del mismo, ingrese este código en el sitio web www.diarioficial.cl
DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 43.254 | Lunes 16 de Mayo de 2022 | Página 1 de 1
Publicaciones Judiciales
CVE 2122511
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Familia de Temuco, en causa RIT A-6-2022, sobre Susceptibilidad para la
Adopción, se ha ordenado notificar a los parientes hasta el tercer grado en la línea colateral hasta
el tercer grado inclusive de la niña Ignacia del Carmen Ñanco Lagos, cédula nacional de
identidad número 27.350.406-0, inscrita en la circunscripción de Temuco, bajo el número 3.964
del año 2020, hija de doña Daniela del Carmen Lagos Díaz, cédula nacional de identidad número
16.185.246-5, y don Ignacio Marcelo Ñanco Llaulén, cédula nacional de identidad número
16.579.493-1, a fin de que comparezcan a la audiencia preparatoria de juicio sobre
susceptibilidad de adopción fijada para el día 06 de mayo de 2022, a las 12:15 horas, la que se
llevará a efecto mediante videoconferencia, debiendo para tal efecto conectarse en esa fecha al
siguiente link: https://zoom.us/j/97193182908, bajo apercibimiento de que si no concurrieren se
presumirá su consentimiento favorable a la declaración de susceptibilidad de adopción de la niña,
según lo establecido en el artículo 14 inciso 3° de la ley N° 19.620.- Jefe Unidad de Causas.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR