Decreto 194 - ESTABLECE PREMIO A LAS RELACIONES LABORALES Y LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS AL INTERIOR DE LA EMPRESA Y FIJA PROCEDIMIENTO DE POSTULACION Y SELECCIÓN - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 242062250

Decreto 194 - ESTABLECE PREMIO A LAS RELACIONES LABORALES Y LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS AL INTERIOR DE LA EMPRESA Y FIJA PROCEDIMIENTO DE POSTULACION Y SELECCIÓN

EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

ESTABLECE PREMIO A LAS RELACIONES LABORALES Y LA CALIDAD DE VIDA DE LAS PERSONAS AL INTERIOR DE LA EMPRESA Y FIJA PROCEDIMIENTO DE POSTULACION Y SELECCIÓN

Núm. 194.- Santiago, 6 de octubre de 2004.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 Nº 8 y 35 de la Constitución Política de la República de Chile; el DFL Nº 25 de 1959, que crea el Ministerio del Trabajo y Previsión Social,

Considerando:

Que, para el Gobierno de Chile es fundamental, dentro de sus políticas, generar y fomentar las condiciones laborales que promuevan el desarrollo del capital humano y la calidad de vida de las personas, contribuyendo de esta manera a la modernización de las empresas del Estado, la calidad de servicio a sus clientes y la responsabilidad social con su entorno.

Que, la gestión basada en la participación entre los distintos actores que componen la empresa responde a un modelo de sociedad que se construye en base al diálogo y la tolerancia de las distintas visiones para la consecución de los resultados esperados por las organizaciones.

Que, para el Ministerio del Trabajo es importante estimular, destacar y difundir las buenas prácticas laborales, en especial aquellas que se presentan en las empresas del Estado,

Decreto:

Artículo 1º

Instáurese el "Premio a las relaciones laborales y la calidad de vida de las personas al interior de la empresa", cuyo fin es reconocer a las empresas del Estado que apliquen innovaciones relevantes en sus sistemas de gestión y marquen un liderazgo claro en materia de mejores prácticas de desarrollo humano, compatibilizando de la mejor manera los desafíos de competitividad del negocio con el desarrollo y calidad de vida de las personas, garantizando la continuidad de las políticas dentro de un marco de relaciones laborales participativas.

Artículo 2º

El Premio tendrá periodicidad anual, entregándose todos los días 1º de Mayo, coincidiendo de esta manera con la celebración del Día Internacional del Trabajo.

Artículo 3º

El Premio constará de un galardón conmemorativo y de un diploma que será firmado por el Presidente de la República y suscrito, además, por el Ministro del Trabajo y Previsión Social y se otorgará en dos categorías:

a.- Iniciativa específica destacada.

b.- Gestión Integral.

Artículo 4º

El Premio se otorgará luego de una...

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