Justicia española revierte confinamiento en Madrid y Sánchez evalúa volver al estado de alarma - 9 de Octubre de 2020 - El Mercurio - Noticias - VLEX 850229192

Justicia española revierte confinamiento en Madrid y Sánchez evalúa volver al estado de alarma

Cerca de 4,5 millones de habitantes de la Comunidad Autónoma madrileña podrán movilizarse con menos restricciones luego de un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), que ayer revirtió el confinamiento parcial en la capital española al considerar que la ley que ampara estas medidas no permite limitar los "derechos y libertades fundamentales" de la población.Más allá de los efectos concretos en la rutina de los madrileños, el pronunciamiento del Tribunal supone también el cierre de una semana que vio enfrentados al gobierno central del Presidente socialista Pedro Sánchez, artífice de la medida, con las autoridades del Ejecutivo local conservador liderado por Isabel Díaz Ayuso, quienes presentaron el recurso para derogarla.El problema comenzó el viernes de la semana pasada, cuando desde el gobierno central anunciaron que tanto en Madrid como en 9 municipios aledaños -la zona más impactada por el covid-19 en España, cuyos 700 casos cada 100.000 habitantes representan más del doble que el promedio del resto del país- estarían prohibidos los traslados fuera del distrito de residencia, si es que este no era un desplazamiento esencial.Inmediatamente el equipo de Díaz Ayuso (Partido Popular) ingresó el requerimiento que fue dirimido ayer por la justicia, para revertir la orden, argumentando que esta carecía de "validez jurídica", interpretación que finalmente primó en la corte.En su sentencia, el TSJM asegura que el mecanismo ocupado por el gobierno de Sánchez "no contiene una habilitación legal para el establecimiento de medidas limitativas de derechos fundamentales", como lo serían las restricciones a la libertad de movimiento de los ciudadanos.Era una "obra de ingeniería jurídica", explica a "El Mercurio" Ofelia De Lorenzo y Aparici, abogada y vicepresidenta primera de la Asociación Española de Derecho Sanitario, sobre la resolución del Ejecutivo central que buscaba obligar a la comunidad autónoma a acatar la medida. Según la experta, la orden no estaba amparada en una ley con las suficientes potestades, ya que "la única legislación que especifica la limitación de la libertad de circulación (...) es la Ley Orgánica de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio".En cuanto a la...

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