Jueza fija tenencia compartida de perros Shih Tzu, tras separación de pareja - 2 de Julio de 2022 - El Mercurio - Noticias - VLEX 907017954

Jueza fija tenencia compartida de perros Shih Tzu, tras separación de pareja

Dos perros de raza Shih Tzu pasarán tres meses con su dueña y otros tres con su dueño, luego que el 8º Juzgado Civil de Santiago acogiera la demanda de cese gratuito de bien común presentada por la pareja tras su separación y estableció, de esta manera, la tenencia compartida de las mascotas.La magistrada Sylvia Papa determinó que los perros son de propiedad común, indicando en la sentencia que, de lo expuesto en el juicio y de los documentos acompañados por los exconvivientes, relacionados con los pagos de gastos de "Igor" y "Bambú", "se desprende que tanto el actor como la demandada han concurrido a ellos".Y por ello, agrega el fallo, "se puede presumir que la propiedad de estos pertenece a ambas partes, concurriendo entonces el primero de los requisitos de la presente acción, esto es, la existencia de una cosa común".Relatos y correos electrónicos, como pruebaSin embargo, este tipo de demanda exige también que se cumpla una segunda exigencia: "que la cosa esté siendo usada por uno o alguno de los comuneros", lo que, dice la jueza, ocurre en este caso."La posesión o tenencia de las mascotas por la demandada -consigna la resolución-, se ha probado tanto por el relato realizado por los testimonios presentados por esta misma parte, así como de la cadena de correos electrónicos acompañado por el demandante".Ahora, el último de los requisitos de procedencia de la acción presentada es que "el goce gratuito de la cosa común no se funde en un título especial", y corresponde a la parte demandada probar esto, pero, sostiene la magistrada, no se alegó ni acreditó alguna circunstancia que "haga presumir la existencia de algún título especial".No pueden entenderse solo en "sentido económico-patrimonial"Con estos antecedentes verificados, la sentencia hace algunas precisiones aplicables al caso, como que los perros de compañía de la demanda "en nuestro ordenamiento jurídico tienen tratamiento de cosas muebles y, en consecuencia, susceptibles de ser poseídos en copropiedad".Aunque, se hace presente en el mismo fallo, "atendida la especialidad de la acción incoada en cuanto a su objeto, que el concepto de gratuidad, (...) no debe ni puede interpretarse...

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