Decisión nº C1361-14, de Consejo de Transparencia de 9 de Enero de 2015
Fecha de Resolución | 9 de Enero de 2015 |
Tipo | Documentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Educación |
DECISIÓN AMPARO ROL C1361-14
Entidad pública: Ministerio de Educación
Requirente: Juan Pérez Soto
Ingreso Consejo: 03.07.2014
En sesión ordinaria N° 583 del Consejo Directivo, celebrada el 9 de enero de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1361-14.
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 29 de mayo de 2014, don Juan Pérez Soto solicitó al Ministerio de Educación, en adelante e indistintamente el Ministerio o MINEDUC, información relativa a la prueba "inicia de lenguaje". En particular, requirió:
"a) Todas las versiones íntegras de prueba inicia de lenguaje enseñanza media, desde el 2008, con sus respuestas;
b) Adjuntar todas las preguntas liberadas de la prueba inicia de lenguaje, enseñanza media, desde 2008, con sus respuestas; y,
c) Indicar el nombre de todos los especialistas que han participado en el diseño de las mismas, desde el 2008.".
2) RESPUESTA: El Ministerio de Educación respondió a dicho requerimiento de información mediante Resolución Exenta N° 4484, de fecha 30 de junio de 2014, señalando en síntesis, que deniega el acceso a lo solicitado, fundado en la causal de secreto o reserva contemplada en el artículo 21 N° 1 de la Ley de Transparencia. Específicamente señala que lo solicitado afecta el debido cumplimiento de las funciones del MINEDUC, dado que la publicación de las preguntas y respuestas de la prueba requerida impediría monitorear los resultados de aprendizaje de los estudiantes a nivel de institución, comuna, región y otras agrupaciones requeridas para retroalimentar la política educativa y, con ello, interferiría la función de entregar la información comparable sobre los resultados de aprendizaje a lo largo del tiempo.
Que al desvirtuar el instrumento de medición, impediría contar con uno de los indicadores utilizados para la asignación de recursos a las instituciones de educación superior. Para hacer comparables los resultados de pruebas aplicadas en diferentes años y analizar la progresión de los resultados, es necesario guardar o cerrar preguntas que son utilizadas como anclas, lo que asegura la confiabilidad del instrumento.
Desde el año 2013 la evaluación INICIA se ha comprometido a liberar en forma periódica sólo ejemplos de las pruebas aplicadas a los estudiantes de los distintos niveles educacionales evaluados, los que están disponibles en el sitio web http://www.evaluacioninicia.cl
Finaliza, sosteniendo que liberar todas las preguntas y respuestas correctas de la Prueba INICIA de Lenguaje y Comunicación de Educación Media, implicaría rehacer todo el instrumento de medición y redefinir el proceso de construcción del mismo, lo que no sólo involucra una complejidad técnica por los tiempos asociados a su elaboración y validación, sino que también genera costos excesivos no previstos para esta evaluación e impediría cumplir el objetivo de la función de medición que lleva adelante el MINEDUC para el mejoramiento de la calidad de la educación.
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba