Decisión nº C3630-16, de Consejo de Transparencia de 27 de Febrero de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 687237165

Decisión nº C3630-16, de Consejo de Transparencia de 27 de Febrero de 2017

Fecha de Resolución27 de Febrero de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaSalud

DECISIÓN AMPARO ROL C3630-16

Entidad pública: Servicio Médico Legal (SML)

Requirente: Juan Pérez

Ingreso Consejo: 24.10.2016

En sesión ordinaria N° 778 del Consejo Directivo, celebrada el 27 de febrero de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3630-16.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 21 de septiembre de 2016, don Juan Pérez solicitó al Servicio Médico Legal (SML) "todos los oficios enviados a Contraloría General de la República y los recibidos desde ésta, en el periodo enero-agosto de 2016".

2) RESPUESTA: Mediante Ordinario N° 913, de 19 de octubre de 2016, el SML accedió al requerimiento, entregando una planilla que contiene un catastro de 47 Oficios enviados por el Servicio a Contraloría General de la República en el período requerido. Por su parte, según lo informado por Oficina de Partes del Servicio, indica que no se archivan copias de los documentos recibidos, sólo de los documentos que genera la Institución. Indica que se han tarjados los datos personales de contexto contenidos en la información entregada, según lo prescrito en la ley N° 19.628.

3) AMPARO: El 24 de octubre de 2016, don Juan Pérez dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la denegación parcial a su solicitud de información.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: El Consejo Directivo de esta Corporación acordó admitir a tramitación este amparo, confiriendo traslado al Sr. Director Nacional del Servicio Médico Legal, mediante Oficio N° 11.062, de 08 de noviembre de 2016. Mediante Ordinario N° 1.069, de 06 de diciembre de 2016, el SML presentó sus descargos u observaciones, señalando, en síntesis que:

a) En razón del objeto del SML, el órgano posee dos tipos de archivos, según la naturaleza de la documentación contenida en ellos: el Archivo Pericial, a cargo de la Unidad de Estadísticas y Archivo de la institución, dependientes del área de control y gestión del Servicio, archivo que se encuentra orientado a la documentación generada en el ejercicio de la actividad pericial propiamente tal; y, el Archivo Administrativo, que lleva Oficina de Partes, dependiente de la Subdirección Administrativa, el cual conserva los Oficios y Resoluciones que genera la...

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