Decreto 87 - NOMBRA A DON JUAN JOSÉ OSSA SANTA CRUZ COMO DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Decreto |
Fecha de entrada en vigor | 24 de Julio de 2013 |
NOMBRA A DON JUAN JOSÉ OSSA SANTA CRUZ COMO DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR
Núm. 87.- Santiago, 14 de junio de 2013.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 32, N° 10, de la Constitución Política de la República de Chile; en la ley N° 19.882; en la ley N° 19.496; en el decreto con fuerza de ley N° 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.834, sobre Estatuto Administrativo; en el decreto con fuerza de ley N° 47, de 2003, del Ministerio de Hacienda, y en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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- Que mediante decreto N°631, de 2010, del Ministerio de Hacienda, se fijó el porcentaje de asignación de Alta Dirección Pública, para el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor.
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- Que la Dirección Nacional del Servicio Civil ha convocado el concurso público para proveer el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor.
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- Que el concurso referido fue aprobado por dicha Dirección Nacional, habiéndose verificado todas sus etapas, se ha resuelto.
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- Que, en uso de las facultades legales que me confiere la ley, he resuelto nombrar en el cargo indicado a la persona que más adelante se indica.
Decreto:
Nómbrase, a contar del 12 de junio de 2013, a don Juan José Ossa Santa Cruz, CI N° 13.550.967-1, en el cargo de Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor, grado 3 EUR, de la Planta de Directivos de dicho Servicio.
En conformidad a lo dispuesto en el artículo quincuagésimo séptimo, el presente nombramiento se extenderá por un plazo de 3 años, contados desde la fecha señalada en el artículo anterior, pudiendo renovarse fundadamente hasta dos veces, por igual plazo.
Don Juan José Ossa Santa Cruz tendrá derecho a percibir los beneficios establecidos en el Estatuto Administrativo que correspondan. Tendrá derecho, asimismo, a una asignación de Alta Dirección Pública, en conformidad a lo dispuesto en la ley N° 19.882, cuyo porcentaje ascenderá al 75% de las remuneraciones brutas de carácter permanente que perciba como funcionario. Lo anterior, conforme así se señala en el decreto supremo del Ministerio de Hacienda N° 631, de 2010.
Por razones impostergables de buen servicio, el señor Juan José...
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