Decisión nº C2754-14, de Consejo de Transparencia de 3 de Febrero de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 562346638

Decisión nº C2754-14, de Consejo de Transparencia de 3 de Febrero de 2015

Fecha de Resolución 3 de Febrero de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidad, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C2754-14

Entidad pública: Municipalidad de Puerto Varas.

Requirente: Juan Canales Leyton.

Ingreso Consejo: 22.12.2014.

En sesión ordinaria N° 591 de su Consejo Directivo, celebrada el 3 de febrero de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2754-14.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 21 de noviembre de 2014, don Juan Canales Leyton efectuó una presentación a la Municipalidad de Puerto Varas, a través de la cual solicitó la siguiente información:

a) Antecedentes que originaron comisión de servicios al Concejal Sr. Héctor Jacob, mediante Decreto Exento N° 5441, para asistencia a seminario realizado entre 18 y 21 de diciembre de 2013, cuyos costos de viaje, viáticos e inscripción habrían sido financiados por el municipio, en circunstancias que el señor Jacob sería el actual Vicepresidente de la ONG organizadora, Chile sin Límites;

b) Copia de la rendición de gastos y copia de los documentos contables de los pagos efectuados al mismo Concejal y a la ONG mencionada;

c) Informar lugar de la realización del seminario en Santiago y se solicite a la ONG copia del programa realizado; y,

d) El informe de comisión que el concejal...

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