Decisión nº C3191-15, de Consejo de Transparencia de 22 de Marzo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650457413

Decisión nº C3191-15, de Consejo de Transparencia de 22 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaBienes Públicos

DECISIÓN AMPARO ROL C3191-15

Entidad pública: Municipalidad de Maipú

Requirente: Juan Andrés Zamorano Farías

Ingreso Consejo: 16.12.2015

En sesión ordinaria N° 693 del Consejo Directivo, celebrada el 22 de marzo de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C3191-15.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: Con fecha 19 de noviembre de 2015, don Juan Andrés Zamorano Farías formuló una solicitud de información ante la Ilustre Municipalidad de Maipú, requiriendo en particular acceso y/o copia de documentos, escritos, oficios y/o decretos en que se contenga los cánones pagados por cada uno de los bienes inmuebles que arrienda la Municipalidad de Maipú y la utilidad para la comuna que justifique el arriendo de dichos inmuebles.

2) RESPUESTA: El 16 de diciembre de 2015, la Ilustre Municipalidad de Maipú respondió a dicho requerimiento de información mediante resolución N° 596, señalando, en síntesis, que denegó la entrega de la información solicitada, fundado en el artículo 21 N° 1, letra c), de la Ley de Transparencia, por cuanto lo pedido correspondería a un requerimiento de carácter genérico, no a un documento de carácter público según lo preceptuado en el inciso 2° del artículo 10 de la ley N° 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, y que su elaboración significaría distraer a personal municipal, desviar recursos humanos y materiales para poder elaborar dicha información.

3) AMPARO: El 16 de diciembre de 2015, don Juan Andrés Zamorano Farías dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del señalado órgano de la Administración del Estado, fundado en la respuesta negativa a la solicitud de información, agregando que la respuesta es desafortunada toda vez que los inmuebles que arrienda el municipio no se pagan con dineros de privados, sino con dineros de la municipalidad, por lo que corresponde conocer los recursos de la comuna que se gastan en el arriendo de bienes inmuebles.

4) DESCARGOS U OBSERVACIONES DEL ORGANISMO: Este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo, confiriendo traslado al Sr. Alcalde de la Ilustre Municipalidad de Maipú, mediante oficio N° 10.263, de fecha 30 de diciembre de 2015.

El órgano requerido, a través de oficio N° 3, de fecha 02 de febrero de 2016, presentó sus descargos u observaciones, señalando, en síntesis que recibida la solicitud de información se revisó el Sistema de Gestión Documental de esta entidad edilicia, pudiendo determinar que no existe documento alguno en que conste un listado pormenorizado de los inmuebles que este municipio arrienda a terceros...

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