Decisión nº C887-16, de Consejo de Transparencia de 24 de Mayo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645385833

Decisión nº C887-16, de Consejo de Transparencia de 24 de Mayo de 2016

Fecha de Resolución24 de Mayo de 2016
TipoDocumentos Operacionales - Estudios o Investigaciones - Documentos
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C887-16

Entidad pública: Municipalidad de Talagante.

Requirente: Juan Andrés Zamorano Farías.

Ingreso Consejo: 16.03.2016.

En sesión ordinaria N° 708 de su Consejo Directivo, celebrada el 24 de mayo de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C887-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 06 de febrero de 2016, don Juan Andrés Zamorano Farías realizó una presentación ante la Municipalidad de Talagante, ingresada con el código MU311T0000272, a través de la cual, solicitó acceso y/o copia de documentos, archivos, escritos, oficios y/o decretos en que se contenga las inspecciones llevadas a cabo para constatar el fiel cumplimiento a las obligaciones del comodato por el terreno cedido al Comité de Ayuda Social Santa Teresa de Lonquén, documentación que demuestre si se le está dando o no a dicho terreno el uso comprometido en el contrato de comodato.

2) Que, mediante Oficio ORD. N° 52, de 14 de marzo de 2016, se accedió a la entrega de la información, acompañando un informe evacuado por la Directora de Desarrollo Comunitario, en el cual expone que se han efectuado fiscalizaciones para velar por el cumplimiento de los objetivos del contrato; en ese sentido, se informó sobre los talleres que el Comité consultado está realizado.

3) Que, el 16 de marzo de 2016, don Juan Andrés Zamorano Farías dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Talagante...

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