Decisión nº C2149-17, de Consejo de Transparencia de 1 de Agosto de 2017 - Doctrina Administrativa - VLEX 699286957

Decisión nº C2149-17, de Consejo de Transparencia de 1 de Agosto de 2017

Fecha de Resolución 1 de Agosto de 2017
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidaes, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C2149-17

Entidad pública: Municipalidad de Cañete.

Requirente: José Lorenzo Cid Cayupe.

Ingreso Consejo: 01.06.2017.

En sesión ordinaria N° 820 de su Consejo Directivo, celebrada el 1 de agosto de 2017, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2149-17.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 1° de junio de 2017, don José Lorenzo Cid Cayupe dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Cañete, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud, mediante la cual requirió información sobre los resultados de su postulación en el concurso que indica.

2) Que, en el contexto del análisis de admisibilidad realizado al presente amparo, se procedió a revisar el código de la solicitud MU27T0000493 en el Portal de Transparencia, advirtiéndose que el 12 de junio de 2017, el órgano reclamado habría remitido al reclamante, mediante correo electrónico, la respuesta a su requerimiento.

3) Que, conforme lo anterior, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), y remitió al reclamante la respuesta otorgada, mediante el Oficio N° E1864, de 11 de julio de 2017, junto con solicitar su pronunciamiento respecto de la misma. Además, se le indicó expresamente que, si en el plazo de 3 días hábiles...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR