Decisión nº C1317-16, de Consejo de Transparencia de 3 de Junio de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 645385589

Decisión nº C1317-16, de Consejo de Transparencia de 3 de Junio de 2016

Fecha de Resolución 3 de Junio de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaBienes Públicos

DECISIÓN AMPARO ROL C1317-16

Entidad pública: Dirección Regional de Aguas de Valparaíso.

Requirente: Jorge Ramírez Araya.

Ingreso Consejo: 22.04.2016.

En sesión ordinaria N° 710 de su Consejo Directivo, celebrada el 03 de junio de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C1317-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 08 de marzo de 2016, don Jorge Ramírez Araya realizó una presentación a la Dirección Regional de Aguas de Valparaíso, ingresada con el código 50888, a través de la cual solicitó las autorizaciones, resoluciones, estudios, etc., que aprobaron la construcción de un dren para intentar captar las infiltraciones del Tranque de Relaves el Torito, propiedad de Anglo American Chile, división El Soldado, ubicado en la comuna de Nogales, región de Valparaíso.

2) Que, con fecha 22 de abril de 2016, don Jorge Ramírez Araya dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Dirección Regional de Aguas de Valparaíso, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud de información.

3) Que, este Consejo acordó admitir a tramitación el presente amparo y derivarlo a la Unidad de Análisis de Admisibilidad y SARC de esta Corporación, encargada del "Sistema Anticipado de Resolución de Controversias" (SARC), a fin de realizar las gestiones necesarias con el objeto de obtener por parte del organismo reclamado la información solicitada por el recurrente.

4) Que, en el marco de dicho...

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