Decisión nº C3645-16, de Consejo de Transparencia de 8 de Noviembre de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 663576241

Decisión nº C3645-16, de Consejo de Transparencia de 8 de Noviembre de 2016

Fecha de Resolución 8 de Noviembre de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C3645-16

Entidad pública: Municipalidad de Rancagua.

Requirente: Jorge Orellana Iturra.

Ingreso Consejo: 24.10.2016.

En sesión ordinaria N° 752 de su Consejo Directivo, celebrada el 08 de noviembre de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C3645-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 29 de septiembre de 2016, don Jorge Orellana Iturra realizó una presentación ante la Municipalidad de Rancagua, a través de la cual solicitó las inversiones efectuadas en macros áreas indicadas, en bienes inmuebles municipales y nacionales de uso público municipal y fondos transferidos del Gobierno regional, durante los años 2014 al 2016. Además, requirió el listado de macros áreas actualizadas, y nombres de personal municipal asignado a cada una de ellas.

2) Que, por medio de correo electrónico, del 30 del mismo mes, la Municipalidad de Rancagua solicitó al peticionario aclarar la solicitud, puesto que no se advertía lo requerido.

3) Que, con fecha 01 de octubre de 2016, don Jorge Orellana Iturra, subsanó su solicitud, señalando al órgano que lo requerido es acceder a los gastos totales que ha realizado el municipio en cada una de las macro áreas de los sectores indicados, con cargo al presupuesto municipal, a fondos públicos transferidos del Gobierno Regional y al fondo común de municipalidades, en los años señalados, sobre las materias que indicó.

4) Que, con fecha 24 de octubre de 2016, don...

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