Decisión nº C2085-13, de Consejo de Transparencia de 27 de Diciembre de 2013 - Doctrina Administrativa - VLEX 544597782

Decisión nº C2085-13, de Consejo de Transparencia de 27 de Diciembre de 2013

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2013
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaBienes Públicos

DECISIÓN AMPARO ROL C2085-13

Entidad pública: Municipalidad de Rancagua.

Requirente: Jorge Orellana Iturra.

Ingreso Consejo: 21.11.2013.

En sesión ordinaria N° 491 de su Consejo Directivo, celebrada el 27 de diciembre de 2013, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2085-13.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1–19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 24 de septiembre de 2013, don Jorge Orellana Iturra realizó una presentación a la Municipalidad de Rancagua, a través de las cual requirió:

a) Información sobre las inspecciones efectuadas trimestralmente a inmuebles municipales entregados en comodato a Unión Comunal de Juntas de Vecinos, Unión Comunal del Adulto Mayor, Juntas de Vecinos Población Esperanza, y Población Manzanal. Específicamente, en lo que se refiere a verificar el estado de pagos por concepto de consumo de agua potable, correspondientes a los años 2009 a 2013; y,

b) Copia de los contratos de comodatos suscritos con la Unión Comunal de Adulto Mayor y Junta de Vecinos Población Manzanal.

2) Que, con fecha 6 de noviembre de 2013, mediante documento N° 60, la Municipalidad de Rancagua respondió la solicitud del Sr. Orellana Iturra en términos desconocidos para este Consejo. En...

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