Decisión nº C1523-14, de Consejo de Transparencia de 24 de Octubre de 2014 - Doctrina Administrativa - VLEX 556365862

Decisión nº C1523-14, de Consejo de Transparencia de 24 de Octubre de 2014

Fecha de Resolución24 de Octubre de 2014
TipoDocumentos Operacionales - Documentación Presupuestaria - Otros
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaMunicipalidad, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C1523-14

Entidad pública: Municipalidad de Talca

Requirente: Jorge Hernández Roa

Ingreso Consejo: 22.07.2014

En sesión ordinaria N° 565 del Consejo Directivo, celebrada el 24 de octubre de 2014, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C1523-14.

VISTO:

Los artículos , inciso , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) SOLICITUD DE ACCESO: El 8 de agosto de 2014, don Jorge Hernández Roa solicitó a la Municipalidad de Talca, información relativa a los proveedores Optimus Comunicaciones Limitada y Sebastián Torres Ibarra -cuyos RUT indica-, en particular, requirió los siguientes antecedentes:

a) Nómina de pagos por servicios prestados (al municipio);

b) Contratos de servicios;

c) Para el caso que las personas mencionadas (jurídica y natural) hayan participado en licitaciones en Mercado Público como oferentes, en licitaciones presentadas por la Municipalidad de Talca, requiere toda la carpeta de éstas, con antecedentes presentados por el municipio, por los oferentes aludidos, por empresas competidoras, resultados y decisión del municipio, en la elección del ganador; y,

d) Si existen pagos por servicios pagados, por compras menores a 3 UTM, menores a 10 UTM y por trato directo, solicita toda la información que confirme el procedimiento de adquisición, firmada por el Alcalde.

Agregó que su solicitud se refiere a información entre el 1 de enero de 2010 y el 31 de mayo de 2014, tanto de la municipalidad, como de los servicios traspasados (DAEM, Salud y otros) y de la Corporación Cultura del municipio.

2) RESPUESTA: Mediante correo electrónico de 1 de julio de 2014, el órgano reclamado respondió al solicitante acompañando copia de un certificado de fecha 24 de junio de 2014, emitido por la Encargada de ChileCompra del municipio, en el cual se informan 3 procesos de compra realizados con el proveedor Optimus Comunicaciones Limitada (dos por trato directo y uno por licitación pública), llevados a cabo por las unidades de compra de Educación, Salud y Adquisiciones, respectivamente. El certificado indicó además, que la revisión de la información comprendió el período entre el 01.01.2010 y el 20.06.2014, así como las diez unidades de compra existentes en el municipio.

3) AMPARO: El 22 de julio...

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