Decisión nº C323-16, de Consejo de Transparencia de 22 de Marzo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650457377

Decisión nº C323-16, de Consejo de Transparencia de 22 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2016
TipoDocumentos Oficiales
MateriaPresupuesto y Finanzas
TemaMunicipalidades, Otros, especificar

DECISIÓN AMPARO ROL C323-16

Entidad pública: Municipalidad de Iquique.

Requirente: Jorge Condeza Neuber.

Ingreso Consejo: 02.02.2016

En sesión ordinaria N° 693 de su Consejo Directivo, celebrada el 22 de marzo de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C323-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 01 de febrero de 2016, don Jorge Condeza Neuber realizó una presentación a la Municipalidad de Iquique, a través de la cual solicitó lo siguiente:

a) Balance de comprobación y saldos de gestión municipal al 31 de diciembre de 2015;

b) Balance de comprobación y saldos de gestión de salud municipal al 31 de diciembre de 2015;

c) Balance de comprobación y saldos de gestión de educación municipal al 31 de diciembre de 2015; y,

d) Si posee corporación municipal que administre salud o educación su balance de comprobación y saldos al 31 de diciembre de 2015.

Finalmente señala que todos los documentos deben ser emitidos separados no consolidados.

2) Que, mediante Oficio N° 30/2016, de 02 de febrero de 2016, la Municipalidad de Iquique dio respuesta al requerimiento indicando que la información se encuentra disponible en formato electrónico, enviando link para acceder a lo solicitado.

3) Que, el 02 de febrero de 2016, Jorge Condeza Neuber dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra de la Municipalidad de Iquique, fundado en que la respuesta no correspondería a lo solicitado, ya...

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