JJP Seguridad SpA 76.746.229-8 - 25 de Noviembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 953800909

JJP Seguridad SpA 76.746.229-8

Número de registroCVE-2412019
Fecha de publicación25 Noviembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.710
CVE 2412019 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.710 | Sábado 25 de Noviembre de 2023 | Página 1 de 5
Empresas y Cooperativas
CVE 2412019
EXTRACTO
RUBEN REINOSO HERRERA, abogado, Notario Público Titular, de la Cuarta Notaría de
La Serena, con oficio en Av. El Santo 1240, local 1, comuna de La Serena, certifico: que con
fecha 10 de noviembre de 2023 ante don PATRICIO HERNAN JEREZ GUTIERREZ, Abogado,
Notario Suplente de la Cuarta Notaría de La Serena, comparecieron don JUAN RAMÓN PINO
QUIRIQUITRIPAY, chileno, casado, licenciado en ciencias criminalísticas y asesor en seguridad
privada, cédula nacional de identidad número diez millones cuatrocientos diez mil novecientos
uno guion dos, domiciliado en calle Jorge Media Estévez número tres mil trescientos ochenta y
uno, Villa Talinay, Coquimbo; don JUAN DOMINGO SEPÚLVEDA OPAZO, chileno, casado,
empleado , cédula nacional de identidad número seis millones seiscientos sesenta y siete mil
ciento setenta y cinco guion cinco, domiciliado en Bernardino Peralta número cuatro mil
quinientos cuatro, Villa la Cruz, Compañía Alta, La Serena; y don PEDRO SEBASTIÁN
GUZMÁN MADINA, chileno, soltero, administrador de condominios, cédula nacional de
identidad número dieciséis millones cuatrocientos cuarenta y tres mil cuatrocientos sesenta guion
cinco, domiciliado en Avenida Balmaceda número cuatro mil ochocientos sesenta y seis,
modificaron, constitución de “JJP Seguridad SpA”, Rol Unico Tributario número setenta y seis
millones setecientos cuarenta y seis mil doscientos veintinueve guion ocho, con un capital social
de $3.000.000.- cuyo extracto fue publicado el Diario Oficial con fecha veintidós de abril de dos
mil diecisiete, Edición número cuarenta y un mil setecientos treinta y nueve, e inscrito a fojas
quinientos setenta y cuatro número doscientos dieciocho del Registro de Comercio del año dos
mil diecisiete del Conservador de Bienes Raíces de La Serena. Modificación: don JUAN
RAMÓN PINO QUIRIQUITRIPAY es dueño de mil doscientas (1.200) acciones de la Sociedad,
según consta en el Registro de Accionistas. En este acto y por el presente instrumento, A) El
socio JUAN RAMÓN PINO QUIRIQUITRIPAY, cediendo y transfiriendo seiscientas (600)
acciones a JUAN DOMINGO SEPÚLVEDA OPAZO, equivalente al dieciséis coma seis seis por
ciento (16.66%) del capital social, en la suma de $500.000, (quinientos mil pesos) que don JUAN
DOMINGO SEPÚLVEDA OPAZO, paga en este acto al contado en dinero en efectivo a entera
conformidad a JUAN RAMÓN PINO QUIRIQUITRIPAY y b) El socio JUAN RAMÓN PINO
QUIRIQUITRIPAY, cediendo y transfiriendo seiscientas (600) acciones a JUAN DOMINGO
SEPÚLVEDA OPAZO, equivalente al dieciséis coma seis seis por ciento (16.66%) del capital
social, en la suma de $500.000, (quinientos mil pesos) que don PEDRO SEBASTIÁN
GUZMÁN MADINA, paga en este acto al contado en dinero en efectivo a entera conformidad a
JUAN RAMÓN PINO QUIRIQUITRIPAY. De esta forma el socio JUAN RAMÓN PINO
QUIRIQUITRIPAY, deja de integrar la sociedad en comentó, como también deja de ser
representante legal de la misma. TERCERO: Como consecuencia de la modificación anterior, la
sociedad pasa a quedar constituida por los siguientes socios: don JUAN DOMINGO
SEPÚLVEDA OPAZO, con un total de mil ochocientas (1800) acciones nominativas, todas de
una misma serie y sin valor nominal, correspondiente al cincuenta por ciento (50%) del total de
las acciones y don PEDRO SEBASTIAN GUZMAN MADINA con un total de mil ochocientas
(1800) acciones nominativas, todas de una misma serie y sin valor nominal, correspondiente al
cincuenta por ciento (50%) del total de las acciones. Las Acciones se transfieren al Comprador
libre de gravámenes, prendas, usufructos, embargos, medidas precautorias, litigios,
prohibiciones, deudas, derechos de terceros, pactos de accionistas, condiciones resolutorias y de
cualquier otro derecho real distinto al del dominio, debiendo el Vendedor responder del
saneamiento de la evicción de conformidad a las reglas generales. Asimismo, el Comprador
declara que conoce la normativa legal que regula al tipo social a que corresponde la sociedad
cuyas acciones se transan por medio de este instrumento, el estatuto de la sociedad y las
protecciones que en ellos puedan o no existir respecto del interés de los accionistas. Se sustituye
la Cláusula décimo tercera, por la siguiente: DÉCIMO TERCERO: La sociedad será
administrada por un administrador, nombrándose como tales a: don JUAN DOMINGO

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