Decisión nº C645-16, de Consejo de Transparencia de 29 de Marzo de 2016 - Doctrina Administrativa - VLEX 650455801

Decisión nº C645-16, de Consejo de Transparencia de 29 de Marzo de 2016

Fecha de Resolución29 de Marzo de 2016
TipoDocumentos Operacionales - Documentos Electrónicos - Otros
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano, Gestión de Personas
TemaEconomía y Finanzas

DECISIÓN RECLAMO ROL C645-16

Entidad pública: Unidad de Análisis Financiero.

Requirente: Javiera Contreras Melita.

Ingreso Consejo: 29.02.2016.

En sesión ordinaria N° 694 de su Consejo Directivo, celebrada el 29 de marzo de 2016, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto del reclamo por infracción a las normas de transparencia activa Rol C645-16.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, con fecha 29 de febrero de 2016, doña Javiera Contreras Melita dedujo reclamo por infracción a los deberes de Transparencia Activa en contra de la Unidad de Análisis Financiero. Funda su reclamación en que la información relativa al personal y sus remuneraciones se encuentra incompleta y no está disponible en forma permanente. A continuación expresa, que las remuneraciones están publicadas por año, pero no están las remuneraciones mensuales.

2) Que, esta Corporación dispuso que su Dirección de Fiscalización revisara íntegramente la información de transparencia activa en el banner respectivo de la Unidad de Análisis Financiero, de manera de verificar el cumplimiento de las normas legales y reglamentarias aplicables y de la Instrucción General N° 11 de este Consejo, sobre Transparencia Activa, que introduce modificaciones a las Instrucciones Generales N° 4, 7 y 9, y fija un texto refundido, coordinado y sistematizado, publicada en el Diario Oficial el 30 de enero de 2014.

3) Con fecha 18 de marzo de 2016, la Dirección de Fiscalización de este Consejo procedió a revisar la página web de la Unidad de Análisis...

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