Decisión nº C2663-15, de Consejo de Transparencia de 10 de Noviembre de 2015 - Doctrina Administrativa - VLEX 631752413

Decisión nº C2663-15, de Consejo de Transparencia de 10 de Noviembre de 2015

Fecha de Resolución10 de Noviembre de 2015
TipoDocumentos Oficiales
MateriaFunciones y Actividades Propias del órgano
TemaGrupos de interés especial

DECISIÓN AMPARO ROL C2663-15

Entidad pública: Tribunal Electoral de la Región de Valparaíso.

Requirente: Javier Gómez González.

Ingreso Consejo: 30.10.2015.

En sesión ordinaria N° 661 del Consejo Directivo, celebrada el 10 de noviembre de 2015, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la Ley N° 20.285, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información pública Rol C2663-15.

VISTO:

Los artículos , inc. , y 1912 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de las Leyes N° 20.285 y N° 19.880; lo previsto en el D.F.L. N° 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575; y los D.S. N° 13/2009 y N° 20/2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el Reglamento del artículo primero de la Ley N° 20.285, en adelante el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.

TENIENDO PRESENTE:

1) Que, el 15 de septiembre de 2015, don Javier Gómez González realizó una presentación ante el Tribunal Electoral de la Región de Valparaíso, a través de la cual solicitó la siguiente información, relativa al padrón electoral de la comuna de Viña del Mar:

a) Padrón electoral por mesas de la comuna, al año 2012;

b) Listado de las personas que votaron efectivamente en las elecciones del año 2012, ordenada por votantes por cada mesa, lo que se obtiene de las copias de los libros que firman los votantes en cada mesa;

c) En subsidio al numeral 1, el último padrón electoral por mesa; y,

d) En subsidio a lo solicitado en el punto 2, solicita copia de los libros por mesa, de las personas que sufragaron en la elección del año 2012 en la comuna de Viña del Mar.

2) Que, el 30 de octubre de 2015, don Javier Gómez González dedujo amparo a su derecho de acceso a la información pública en contra del Tribunal Electoral de la Región de Valparaíso, fundado en la ausencia de respuesta a su solicitud.

Y CONSIDERANDO:

1) Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33, letra b), de la Ley de Transparencia...

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