Decisión nº C395-18, de Consejo de Transparencia de 7 de Junio de 2018
Fecha de Resolución | 7 de Junio de 2018 |
Tipo | Documentos Oficiales |
Materia | Funciones y Actividades Propias del órgano |
Tema | Trabajo |
DECISIÓN AMPARO ROL C395-18
Entidad pública: Dirección del Trabajo
Requirente: Javier Fortune Bayer
Ingreso Consejo: 30.01.2018
RESUMEN
Se rechaza el amparo atendida la inexistencia de la información consultada, esto es, el número de envío de la carta certificada por medio de la cual la Dirección del Trabajo notificó la resolución N° 196, de 27 de junio de 2017.
Lo anterior, atendido que en conformidad al procedimiento de despacho de cartas certificadas efectuados por dicha entidad, esta solo cuenta con las respectivas guías de despacho de las misivas por medio de las cuales notifica sus resoluciones.
En sesión ordinaria N° 898 del Consejo Directivo, celebrada el 7 de junio de 2018, con arreglo a las disposiciones de la Ley de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, en adelante, Ley de Transparencia, aprobada por el artículo primero de la ley N° 20.285 de 2008, el Consejo para la Transparencia, en adelante indistintamente el Consejo, ha adoptado la siguiente decisión respecto de la solicitud de amparo al derecho de acceso a la información Rol C395-18.
VISTO:
Los artículos 5°, inciso 2°, 8° y 19 N° 12 de la Constitución Política de la República; las disposiciones aplicables de la ley N° 20.285, sobre acceso a la información pública y de la ley N° 19.880 que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; lo previsto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, orgánica constitucional sobre bases generales de la Administración del Estado; y los decretos supremos N° 13, de 2009 y N° 20, de 2009, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueban, respectivamente, el reglamento del artículo primero de la ley N° 20.285, en adelante e indistintamente, el Reglamento, y los Estatutos de Funcionamiento del Consejo para la Transparencia.
TENIENDO PRESENTE:
1) SOLICITUD DE ACCESO: El 29 de diciembre de 2017, don Javier Fortune Bayer, solicitó a la Dirección del Trabajo - en adelante e indistintamente Dirección o DT-, el número de envío registrado por Correos de Chile relativo a la notificación de la resolución N° 196/2017 de 27 de junio. Agregó, que la guía de despacho no tiene el número de envío.
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